Menéndez justifica las exenciones

El ministro Menéndez explicó la resolución adoptada por el STJ ante el pedido de secretarios y prosecretarios por el pago del impuesto a las ganancias: "La resolución madre de todas estas situaciones data de octubre de 2005, cuando se dictó lo acordada, siguiendo los pasos de la Corte, donde se determina cuál es la base imponible por la que deberán tributar algunos funcionarios".
"No están exentos de pagar impuestos, los secretarios y prosecretarios pagan (Ganancias), son contribuyentes, sólo que no se fija como monto imponible al adicional general y a las bonificaciones por antigüedad. El resto del salario paga el impuesto".

Un secretario de segunda instancia, según Menéndez, cobra entre 10 mil y 12 mil pesos y paga mil pesos de Ganancias. "Si fuera objeto de gravamen la mayor cantidad (sumando el adicional y antigüedad) pagaría más", agregó.

Los secretarios de tercera y los jueces, no tributan nada. "Se toma como base el sueldo del juez Correccional de Victorica, que es el que marca el nivel de imponibilidad; de ahí para arriba, no paga ninguno el impuesto a las ganancias, único impuesto del cual están exentos".

El ministro también aclaró que no existe urgencia en resolver este tipo de pedidos, y desechó que ocurra una "catarata" de reclamos similares. "No es un problema vigente y actual, o que sea distinto al que viene existiendo desde 2005 a la fecha. En este año van 12 reclamos, porque es un año de mucha movilidad y todos los secretarios o prosecretarios cuando ascienden presentan una nota al STJ, porque es a petición de parte de achicar la base imponible, y reclaman ser incorporados al sistema vigente y les contestamos en dos renglones".

Unos sí, otros no.

Entrevistado por Radio Noticias, Menéndez dijo que el STJ "es más restrictivo que la Corte (sobre el pago de ganancias), porque cuando dispuso esto, sacó todos los adicionales; acá, con la firma de (los entonces ministros) Cobo y Vázquez, se tomó como base de impuesto el sueldo exento el adicional general y antigüedad, mientras que la Corte incorpora más adicionales".

-¿Por qué no pagan ganancias los jueces y algunos funcionarios del Poder Judicial?

-Yo puedo opinar una cosa y otros lo contrario.

-Se lo pregunto por aquello de que todos somos iguales ante la ley.

-Esto tiene raigambre en los Estados Unidos y de ahí vino el seguimiento de los países latinoamericanos, donde en general (los jueces) no son contribuyentes. Se pretende que el poder administrador no se inmiscuya en la vida patrimonial de un juez para que no tenga influencia en sus decisiones. Es una cuestión que tiene que ver con la protección del juez para que libre de toda presión pueda disponer conforme a su conciencia. No deja de ser una ilusión porque hay otros factores de presión. Son todos iguales en tanto sean iguales las circunstancias, la protección del juez se pretende que sea en un estado tal de pureza que no sea objeto de ninguna clase de poder.

-Me hubiera gustado que usted dijera que los jueces también deben pagar el impuesto a las ganancias.

-Se puede ordenar esto, pero es muy grave el tema ya que hay otros postulados. Supongamos, y esto se intentó alguna vez, que a partir de mañana se pagaran impuestos y saltarían todos los jueces vigentes diciendo que no les pueden tocar los salarios. Después saltaría otro y diría que a igual trabajo igual remuneración, otro precepto constitucional. Entraríamos en este tironeo, pero si se aceptara que de ahora en más se pague, todo el que ingresa al Poder Judicial sabría cómo lo hace. Al cabo de un tiempo, no de tantos años, el tema queda regularizado.

-¿Esto quien lo debe resolver, la Corte?

-Una cuestión parlamentaria, por un lado, y una interpretación que haga la Corte. Me parece que no es necesario modificar la Constitución para eso.

-¿Quién fija los salarios del Poder Judicial de La Pampa?

-Es todo un tema, pasa por el Ejecutivo y el Legislativo; nosotros somos totalmente ajenos a la materia salarial, ni liquidamos los sueldos. No sé cuál es el criterio con el que el Ejecutivo fija los sueldos (en la justicia) con acuerdo Legislativo, forma parte del Presupuesto.

-¿Cuánto cobra un ministro del Superior Tribunal de Justicia, igual que el gobernador?

-Creo que (el ministro) cobra más, alrededor de 30 mil pesos.

-Es buena plata.

-Nunca dije que fuera mala, pero ojo: el sueldo del STJ es el que figura en el recibo, no hay un solo centavo para gastos reservados, por celulares, vivienda, combustible o desarraigo.

-Pero los empleados judiciales pampeanos no ganan mucho.

-Están muy alejados el primer salario con el último. En el Poder Judicial de la Nación son mucho más importantes los sueldos que los nuestros.

"Apesadumbrado" por demoras en designaciones

El ministro Víctor Menéndez también respondió sobre los cargos de jueces vacantes y la reticencia de los legisladores en tratar las designaciones de algunos, como es el caso del Juzgado en lo Civil de General Acha. "Estoy apesadumbrado, porque estos temas no deberían ser objeto ni de lobbies ni de consultas, ni de tires y aflojes", expresó.

"Un juez no va a fallar a favor o en contra de aquél que lo propuso o que lo gestionó, ¿qué sería en el caso de los que reclaman los jueces electivos?", planteó.

"El juez tiene mucha responsabilidad y la primera independencia que debe tener es la de sus propias creencias y formación, su propia conciencia, estar en blanco para poder encarar el tema objetivamente desde afuera".

Se le preguntó al ministro Menéndez por la situación del abogado local José Aguerrido, eliminado como aspirante a un cargo de camarista en la justicia federal. "Aparentemente, ha sido falaz su declaración (ante el Consejo de la Magistratura). No poseo toda la información como para poder dar una opinión seria".

¿Y los cambios introducidos por los diputados al Consejo de la Magistratura pampeana? "En algunos aspectos es positivo, como tener personal afectado permanentemente al sistema e incorporar la prueba escrita como una prueba objetiva", dijo el integrante del STJ.

"Tengo una plena confianza en la actuación del Consejo, pero hay un tema crucial: el político final. La Constitución fija que quien designa es el Poder Ejecutivo con la complacencia del Legislativo en base a una terna. Esas tres personas pueden ser excelentes, una mejor que la otra, pero no se puede decir cuál es la más excelente y de la terna se puede tomar aquél que no fue más excelente. Ahí está la clave, el ponerlos por orden de mérito resta la facultad discrecional".

-¿Cuándo se conocerán los reemplazantes del fallecido ministro Pelizzari y de la renunciante Vázquez?

-Gran misterio. Estamos muy mal porque si la ley prevé en lo funcional una forma de subrogancia, pero en el orden de gobierno del Poder Judicial, tenemos que tener las tres firmas. He pasado un período de enfermedad de 10 días y he tenido que ir (al STJ) a firmar. No se puede funcionar con tres ministros solamente. Esperamos que el gobernador disponga las designaciones, pero estamos angustiados por la espera.

Comentá la nota