Medasur: un diputado pide audiencia y la prórroga de la medida de no innovar

El diputado provincial Martín Berhongaray (UCR- FrePam) presentó un pedido ante la justicia para que se realice la audiecia pública por la preservación del Parque caídos en Malvinas.
El legislador realizó la presentación ante la jueza civil Susana Fernández en la causa por el amparo que presentó un grupo de vecinos para frenar la obra y solicitar la restitución del uso del parque.

La presentación se efectuó para que se cumpla el artículo 7° de la Ley Provincial n° 1352, y en función de la exigencia prevista por las leyes Provincial n° 1914 y Nacional n° 25.675 (Ley Ambiental).

Berhongaray pidió a la jueza Susana Fernández que “ordene a los organismos competentes del Gobierno Provincial la convocatoria a una audiencia pública en relación al proyecto "MEDASUR", de modo de instar y permitir la participación de las personas físicas y jurídicas -públicas y privadas- potencialmente afectadas por la realización de la obra, así como la intervención de las organizaciones no gubernamentales interesadas en la preservación de los valores ambientales tutelados por la referida norma”.

También solicitó que se prorrogue “la medida cautelar decretada con fecha 19 de diciembre de 2011 (suspensión de los trabajos por 90 días corridos) hasta tanto se celebre la audiencia pública y los organismos competentes del Gobierno Provincial emitan la Declaración de Impacto Ambiental y se pronuncien expresamente aprobando, modificando o rechazando la obra”.

Berhongaray cita antecedentes nacionales y provinciales, además de la ordenanza municipal de convocatoria a la audiencia pública. Y concluye que “en función de lo precedentemente expuesto y a fin de contribuir a garantizar la pretensión principal deducida por los amparistas, corresponde que V.S. que ordene al Gobierno Provincial la convocatoria a la AUDIENCIA PÚBLICA exigida por las normas aplicables al caso (Ley Provincial n° 1914, Ley Nacional n° 25.675 y Ordenanza 4318/2011) y aceptada por la pacífica jurisprudencia de nuestros tribunales como instancia de participación obligatoria en el marco de los procedimientos de carácter ambiental, y como etapa previa a la emisión de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA)”.

Remarca que “a esta altura, no caben dudas de que el procedimiento en que debe encausarse la actuación del Gobierno Provincial y de la empresa ILKA Construcciones presenta, como una de sus notas sobresalientes, la exigencia de la Declaración de Impacto Ambiental emanada de la Subsecretaría de Ecología de la Provincia atendiendo a lo resuelto por el Ente de Políticas Públicas y a las conclusiones de la audiencia pública”.

El legislador del FrePam afirma que “frente a la situación planteada por los amparistas, y considerando los argumentos esgrimidos a lo largo de esta presentación, le cabe a V.S. desempeñar el más delicado rol de la magistratura, esto es, ser guardián de los preceptos constitucionales y legales y, en ese carácter, controlar que los actos del Gobierno Provincial no se desborden, tutelando así los derechos de todos los ciudadanos”.

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