Tránsito: Notifican sobre la plena aplicación de la ordenanza 3158/2009
Como este diario anticipara, a efectos de prevenir la ocurrencia de accidentes de tránsito producidos por motovehículos, se está implementando la ordenanza municipal 3158/2009 que reglamenta, en puntos claves, una serie de cuestiones que hacen a la seguridad de las personas que se movilicen en motonetas, ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos.
Esta iniciativa ha sido diseñada "con el objetivo de preservar la integridad física de nuestros ciudadanos", para lo cual "se buscará afianzar la regulación de la circulación de motovehículos por la vía pública y reforzar la campaña puesta en marcha desde hace tiempo, fomentando el uso obligatorio del casco".
Cabe señalar que, como este diario consignara oportunamente, los desgraciados sucesos acaecidos en la ciudad de Baradero han puesto nuevamente en el eje de la discusión pública el rol de los cuerpos de inspectores municipales, de los juzgados de Faltas y de las autoridades en general, con respecto a la aplicación y cumplimiento de las normativas que regulan el tránsito vehicular.
Justamente, porque es inadmisible relajar tales controles; al contrario, deben fortalecerse.
Ante este panorama, el intendente municipal, Eduardo Quiri, acompañado de su secretario de Gobierno, Edgardo Vilar, mantuvo esta semana en la sala de conferencias de la sede del gobierno local, una extensa reunión de trabajo y análisis con el jefe de los inspectores municipales, Jorge Suárez, el cuerpo completo de inspectores, el juez municipal de Faltas, Fernando Gutiérrez, el asesor municipal de Seguridad, Pedro Guevara, concejales, autoridades policiales y otros funcionarios.
El propósito del cónclave se direccionó en la necesidad de no permitir que los lamentables acontecimientos referidos incidan en el mantenimiento de firmes controles del tránsito vehicular en este distrito, y velar, al mismo tiempo, por el cumplimiento de las normativas vigentes.
Y, como iniciativa concreta, se puso en marcha el programa al que nos estamos refiriendo.
NOTIFICAN SOBRE LA ORDENANZA
Ayer, desde las primeras horas de la mañana, y en el marco de este cometido, el juez municipal de Faltas, Fernando Gutiérrez, y el oficial de justicia, Mario Greco, comenzaron a recorrer distintos lugares notificando sobre la aplicación plena de la ordenanza 3158/2009, y suministrando copias de la normativa a , entre otros, operadores de estaciones de servicio.
Según le indicó a este diario el magistrado municipal, la idea es que todos los efectores estén el tanto de los distintos puntos de la normativa, de modo de facilitar su aplicación plena.
PUNTOS CRUCIALES
Por tal motivo, y ejecutando la normativa vigente anteriormente mencionada, se tendrán en cuenta varios puntos que derivan en el compromiso, tanto de los usuarios como de los comerciantes de venta de motos y los propietarios de estaciones de servicios, con la finalidad de, en conjunto, reducir el creciente número de accidentes de tránsito.
A su vez, la campaña de concientización que se estará lanzando en breve, tendrá como eje principal el rol que deben cumplir los padres y los adultos en su responsabilidad con los menores que conducen motovehículos. La peligrosidad cierta que ello implica se transforma en una amenaza para toda la sociedad.
Como primer punto, la ordenanza establece que "serán pasibles de remoción y secuestro los motovehículos (motonetas, ciclomotores, motocicletas, triciclos, cuatriciclos); cuando circulase por la vía pública sin patente reglamentaria y/o sin seguro de ley obligatorio de responsabilidad civil contra terceros y/o fuesen conducidos por personas que utilicen casco inadecuado, defectuoso o no aprobado por la legislación vigente para la circulación vehicular. Lo propio ocurrirá si el acompañante el que se encuentra en las condiciones precedentemente descriptas".
A su vez, se indica que "todo comercio dedicado a la venta, alquiler o préstamo de motovehículos; deberá asegurarse al momento de entregar la disposición del mismo, de proveer y de entregar concomitantemente a la disposición del vehículo toda la documentación exigida por la ley para poder circular, incluida su inscripción registral, su patentamiento y la contratación del seguro de ley obligatorio de responsabilidad civil contra terceros, aún cuando la adquisición del vehículo se paute en cuotas sucesivas, o quede saldo impago a cargo del adquirente".
Otro de los puntos de importancia, que se estarán implementando a la brevedad tiene que ver con que queda prohibido a las estaciones de servicios y/o expendedoras de combustible del Partido de Rojas, la venta de combustible a conductores que arriben al lugar de carga en motovehículos; sin estar muñidos del respectivo casco de seguridad.
PATENTAMIENTO
Tal como hemos venido consignando, se encuentra en marcha en la delegación local del Registro de Patente Automotor el plan de regularización dominial de motovehículos, implementado al 1ro. de marzo último, por disposición DN 73/2010 del Registro Nacional de Patente Automotor.
El procedimiento procura facilitar el patentamiento de motos, según una regla general: pueden iniciar trámites los propietarios de motovehículos de cualquier cilindrada, fabricados o importados con anterioridad al 22 de mayo de 1989, y los propietarios de motovehículos de hasta 150 cc. de cilindrada, importados o fabricados hasta el 31 de diciembre de 2007, ya sea que posean toda la documentación, o parte de ella.
Lo que se pretende es que los propietarios concurran al Registro local munidos de la documentación que tengan, de modo que se pueda evaluar de qué manera conviene efectuar el patentamiento respectivo.
Asimismo, cabe aclarar que las motocicletas de hasta 150 cc. de cilindrada tienen un arancel global lo cual hace que su inscripción sea más barata.
En cambio, los propietarios de motovehículos de mayor cilindrada, así sean de modelos año 1998, deberán pagar algún peso más.
POR SEIS MESES
Lo importante es que los usuarios se acerquen a la delegación local del Registro Automotor, con la documentación que posean, sea parcial o completa.
Cada caso se evalúa individualmente y se verá qué respuesta se le brinda al propietario para facilitar el patentamiento de su vehículo.
Este procedimiento tendrá un plazo determinado en cuanto a duración: seis meses, a partir del 1ro. de marzo último.
Por otro lado, siempre existe la oportunidad de que el procedimiento sea prorrogado. Pero eso se sabrá aproximadamente hacia la fecha de caducidad del presente proceso.
En este marco, desde la delegación local del Registro Automotor se encareció a los propietarios de motovehículos sin patentamiento, a que concurran a realizar el trámite.
La razón es muy sencilla: un ciclomotor, digamos, adquirido en cuotas, sin patente, no está en condiciones de circular y puede ser retenido en infracción por las autoridades. Y al carecer de patente, se puede hacer difícil al titular del mismo demostrar que es el legítimo propietario, lo cual le complicará además la opción de retirarlo del depósito.
Y, justamente, sobre todo los ciclomotores y motocicletas de hasta 150 cc. de cilindrada, son los que usa la gente de trabajo, por lo cual tanto desde el Registro Automotor como desde el cuerpo de inspectores, se comprende cabalmente el perjuicio que acontece cuando un vehículo que no está en condiciones de circular, debe ser retenido.
Por ello es crucial que los propietarios de motovehículos aprovechen esta instancia en la que, más allá de toda otra consideración, procura facilitar el patentamiento de los mismos
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