A los concejales sorprendió ayer el hecho que la secretaría de Ambiente haya calificado de mediano impacto ambiental el emprendimiento del hiperrmecado Wal - Mart en la zona Norte de la ciudad, cuando el artículo 6º de l a Ordenanza 12745 (que establece procedimientos de evaluación de impacto ambiental) categoriza a los hipermercados, supermercados totales, supertiendas, centros de compras o shoppings, como de alto impacto ambiental.
El abogado de la secretaría de Ambiente Raúl Sosa Catala justificó ambos casos en la Resolución 121 del año 2007 que reglamenta la Ordenanza 12745 y dijo que hay que distinguir el impacto de la obra y el impacto de la actividad, que son cosas diferentes.
Se le advirtió que la reglamentación no puede alterar la Ordenanza y se inició entre los concejales un debate en torno al tema, que obligó a la lectura de la Ordenanza12745 y a un cambio de opiniones que generó hasta situaciones jocosas.
Todos reconocieron la importancia de la inversión privada en la ciudad, pero quedó claro que debe ajustarse a las normas vigentes. De una nota enviada al Procurador General .de la provincia, se desprendió también que la secreataría de Ambiente quiere hacer audiencias públicas para aprobar los proyectos de alto impacto una vez que estos están terminados
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