Macri reformula aumento de ABL

Macri reformula aumento de ABL
El Jefe de Gobierno decidió modificar el procedimiento que deberán seguir los contribuyentes para rechazar e impugnar la implementación de un nuevo aumento de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza.
De acuerdo con la información adelantada desde el fisco local, la suba para el próximo año será del 24% en promedio.

Puntualmente, ya rige una nueva reglamentación que modificó la forma de impugnar el valor fiscal de los inmuebles porteños, es decir, el Valor Inmobiliario de Referencia (VIR).

El VIR se toma como base para calcular la actualización anual de la tasa, en primer término, la nueva reglamentación dada a conocer por el fisco de la Ciudad establece el listado de la documentación que se deberá presentar para impugnar el VIR: Con la documentación en la mano, el contribuyente deberá presentarse ante la AGIP para iniciar un nuevo expediente electrónico referido al reclamo.

Una vez procesada la información, el fisco porteño se expedirá y resolverá si es procedente el pedido de impugnación presentado por el contribuyente, el interesado contará con 15 días hábiles administrativos para interponer un recurso jerárquico a fin de cuestionar la resolución emitida por la AGIP.

El VIR, la base del aumento Originalmente, el VIR fue implementado para valuar los departamentos a fin de evitar que los propietarios declaren en la escritura que el inmueble se vendió a una cifra menor que la real.

Ante los buenos resultados obtenidos, el Ejecutivo porteño decidió utilizar el VIR para actualizar el ABL, a fin de obtener ese valor de referencia se tienen en cuenta las siguientes variables: Vías de acceso.

En primer término, se debe obtener el VIR del terreno (VIRT). El VIRT se obtiene, multiplicando la superficie del terreno por el Valor Unitario de Cuadra (VUC-vir) correspondiente.

El Valor Unitario de Cuadra, (VUC-vir) está determinado en cada barrio y subzona barrial según la edificabilidad establecida por el Código de Planeamiento Urbano vigente y los valores comerciales promedio de incidencia de terrenos.

Una vez obtenido el VIRT se debe calcular el VIR del Edificio (VIRE). El VIRE se obtiene de la suma de los productos de los Valores Unitarios de Reposición (VUR-VIR) de cada destino constructivo existente, multiplicados por la superficie edificada involucrada y multiplicada a su vez por un coeficiente de depreciación que depende de la antigüedad y estado del edificio.

Luego sólo resta obtener el VIR total. El VIR total será la suma del VIR del terreno más el VIR del edificio.

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