Así lo determinó la Legislatura, por lo que la obra social provincial APOS está obligada a brindarle cobertura total a los tratamientos contra la enfermedad. La Ley 8782, que declara de interés provincial la lucha contra la obesidad, propone además la prevención, el control y el tratamiento de esta enfermedad que ya fue declarada como una pandemia por la Organización Mundial de la Salud.
La ley, que declara de interés provincial la lucha contra la obesidad, propone la prevención, el control y el tratamiento de esta enfermedad que ya fue declarada como una pandemia por la Organización Mundial de la Salud. sus complicaciones y trastornos alimentarios.
“La obra social provincial APOS brindará cobertura integral al tratamiento de la obesidad sus complicaciones y los trastornos alimentarios incorporados al Plan Médico Obligatorio, al igual que las asociaciones de obras sociales y organismos creados, y las empresas que presten servicios de medicina prepaga”, dice la ley.
El proyecto aprobado lleva la firma de los diputados Juan Carlos Vergara, Judit Díaz Bazán y Daniel Carrizo con mandato cumplido.
La norma establece que el Ministerio de Salud junto con el de Educación deben coordinar tareas para incorporar la Educación Alimentaria Nutricional en el sistema educativo en todos sus niveles, como así también las medidas que fomenten la actividad física y el eviten el sedentarismo, y la promoción de un ambiente escolar saludable.
Otras de las acciones propuestas en la ley, como tarea de prevención, es “instrumentar estrategias que orienten a la selección y limitación de alimentos que se venden en kioscos de las escuelas como así también, los alimentos que conforman el menú en los comedores escolares. Establece en este sentido la instalación de kioscos saludables que tengan alimentos como lácteos, vegetales, frutas, cereales, carnes y aceites en reemplazo de los alimentos hipocalóricos.
Por otra parte, el Ministerio de Desarrollo Social debe establecer estándares alimentarios para garantizar que los comedores escolares y los planes alimentarios nacionales respeten aspectos nutricionales y así corregir deficiencias o excesos de nutrientes.
La ley regula también los mensajes publicitarios y dice que los anuncios “no deben mostrar la extrema delgadez como símbolo de la salud y de la belleza. Y deben ofrecer una imagen más plural de los jóvenes, especialmente, de las mujeres”.
Los controles sobre las publicidades también deben realizarse “sobre anuncios de bebidas gaseosas, jugos azucarados y de comida rápida o de bajo aporte nutricional”.
Por otra parte “queda prohibida la publicación y difusión en medios de comunicación de métodos para adelgazar que tengan un aval autorizado de un médico especialista”.

Comentá la nota