Evitará que funcionen establecimientos que carezcan de habilitación provincial y brindará información segura a los interesados en contratar servicios.
De esta manera, a través del Instituto Municipal de Discapacitados y Adultos Mayores (IMDIAM), se confeccionará y actualizará de manera permanente el nuevo REG, en donde deberán inscribirse los Hogares Geriátricos y los Hogares de Día para la Tercera Edad.
“Con este nuevo Registro de Establecimientos Geriátricos Lomas de Zamora se pone a disposición de la Dirección Provincial de Coordinación y Fiscalización Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires en la articulación de las inspecciones de los establecimientos destinados a la atención de personas de la tercera edad. Sin dudas, para nuestra Comuna es un paso importante en materia de seguridad y control sanitario”, expresó el vicepresidente Ejecutivo del IMDIAM, Armando Mogliani.
La inscripción será dentro de dos categorías previstas, de acuerdo al servicio que presten los establecimientos: Hogares Geriátricos y Hogares de Día. “Tenemos que agudizar los mecanismos de control y fiscalización por parte del Municipio para alcanzar un servicio eficiente y digno. En nuestro Distrito existen numerosos geriátricos habilitados, pero también hay establecimientos que carecen de la habilitación provincial y este registro nos permitirá controlarlo”, agregó Mogliani.
Según lo establece la nueva ordenanza, en el REG estarán asentado el domicilio del establecimiento, nombre o razón social, nombre de los titulares responsables, cantidad de vacantes, categorías y características del establecimiento, autoridades, recursos humanos y demás información complementaria que la reglamentación considere necesario establecer. Además, los datos volcados en el mismo serán de acceso público y gratuito.
“Que sea público y gratuito permitirá brindar información segura a los interesados en contratar los servicios de dichos establecimientos y se convertirá en un primer paso para la colaboración que la administración comunal pueda prestar en la fiscalización y control de los mismos”, concluyó Mogliani.
La inscripción en el REG, que será requisito previo e indispensable para la apertura o funcionamiento de los hogares, deberá realizarse dentro de un plazo de 90 días y se renovará cada dos años.
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