El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad un proyecto elevado por el Ejecutivo Municipal que regula la circulación del tránsito pesado en todas las localidades del partido de Ramallo. La norma establece la obligatoriedad de circular con una hoja de ruta para la zona portuaria e industrial.
Restringir la circulación
El proyecto fue elevado por la Secretaria de Gobierno y la Subsecretaria de Prevención con el objetivo se quitar el tránsito pesado de la zona urbana de las localidades de Ramallo, Villa Ramallo, Pérez Millán y Villa General Savio.
En el anexo del artículo 1º fueron establecidas las calles y avenidas por las cuales podrá ingresar el tránsito pesado. En Ramallo será por avda. San Martín desde Ruta Nacional Nº 9 hasta calle Guerrico; Guerrico desde San Martín hasta Oliva; Oliva desde Guerrico hasta Leloir; Leloir desde Oliva hasta España; España desde Leloir hasta San Lorenzo; San Lorenzo desde España hasta Francia; Francia desde San Lorenzo hasta Leloir.
En tanto, en Villa Ramallo podrán circular por Avda. Dusso en todo su recorrido; Avda. Newbery en todo su recorrido; calle De Zavaleta desde Newbery hasta el Camino de la costa.
En Pérez Millán se podrá circular por calle Belgrano en todo su trazado, Los Andes en todo su trazado; Río de la Plata en todo su trazado; Rio Paraná en todo su trazado y Rivadavia en todo su trazado. Por su parte, en Villa General Savio estará permitido el tránsito en las siguientes arterias, calle Simón Sánchez (ruta 1001) en todo su trazado; calle El Tonelero desde Salta hasta Camino de la Costa.
“Son conocidos los problemas que provoca la circulación de tránsito pesado dentro de la zona urbana, se nota mucho en Ramallo por donde pasa gran cantidad de camiones hacia las empresas de la zona de costa, hacia Fiplasto o la arenera. Por ello se tomó la decisión de sacar el tránsito pesado de toda la zona urbana de Ramallo, Villa Ramallo, Villa General Savio y Pérez Millán” aseguró el secretario de Concejo, Héctor Raúl Lobais.
Multas
Además, para las empresas que están ubicadas en la zona urbana como los casos de Fiplasto, arenera Canteras del Paraná, Cooperativa Agropecuaria de Pérez Millán Ltda. quedó establecido el plazo de un año para que trasladen sus accesos o playas de estacionamiento.
En cuanto a las multas, la ordenanza establece que toda trasgresión a la norma será sancionada con multas por el valor de 400 a 2400 litros de nafta del mayor octanaje de las que se expenden en la estación de servicio YPF y retención del vehículo hasta la comprobación del pago.
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