La fallida postulación de Daniela Ugolini para ocupar la plaza vacante en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad fue un llamado de atención. Y, como de todo se aprende o por lo menos así debería ser, Mauricio Macri derogó el decreto que establece el procedimiento interno para la propuesta de candidatos a jueces del TSJ, entre otros cargos.
De esta manera, las postulaciones sólo quedarán regidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La norma dice que es “atribución del/la Jefe/a de Gobierno de proponer a los/as aspirantes” quienes son “nombrados con el acuerdo de las dos terceras partes del total de los miembros de la Legislatura, en sesión pública convocada al efecto y luego de un procedimiento de audiencia pública regulado por la Ley 6”.
Por consiguiente, a partir de ahora, la máxima autoridad gubernamental porteña decidirá, sin mediar ningún proceso previo, sobre las personas que considere con mayor capacidad para cumplir con el cargo. De esta manera, el mandatario municipal se evita todo el procedimiento interno que podría ser utilizado para interrumpir el proceso de selección; tal como sucediera con la fallida propuesta para que la fiscal Daniela Ugolini ocupe el lugar vacante en el TSJ.
El decreto derogado proponía la publicación durante 60 días del currículum del profesional propuesto, con su declaración jurada más un informe sobre su situación impositiva, entre otras cuestiones. Además, proponía realizar una audiencia pública sobre el tema.
En los fundamentos de la derogación de la norma, los integrantes del Poder Ejecutivo aseguran que para la imposición del instrumento “se invocó la finalidad de contribuir al mejoramiento del servicio de la Justicia, al fortalecimiento del sistema republicano y al incremento de la calidad institucional” y que “la herramienta procedimental en cuestión no ha resultado útil para el cumplimento de dichos fines”.

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