El máximo tribunal de justicia brasileño suspendió en forma preliminar una norma de la ley electoral que impide hacer sátiras sobre los candidatos a las elecciones de octubre en programas de radio y televisión.
Su decisión debe ser acogida por el plenario del STF para ser definitivo. “No corresponde al Estado, por cualquiera de sus órganos, definir previamente lo que puede o no ser dicho por individuos o periodistas’’, escribió el juez, vicepresidente del STF, en su decisión.
Agregó que “no hay libertad de prensa por la mitad o bajo las tenazas de la censura previa, sin importar el poder estatal del cual provenga’’, y recordó que tal libertad está consagrada en el artículo 220 de la Constitución.
Ayres Britto acogió así un recurso de inconstitucionalidad interpuesta el martes por la Asociación Brasileña de Emisoras de Radio y Televisión (ABERT).
La ley electoral de Brasil, que este año enfrenta elecciones presidenciales, impide divulgar por radio y TV, los 90 días previos a una elección, cualquier contenido que “degrade o ridiculice a candidatos, partidos o coaliciones’’. Bajo esa ley, programas humorísticos de televisión debieron eliminar de su elenco a los personajes que satirizaban a los candidatos presidenciales.
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