Carlos Lucena fue sentenciado a 16 años de prisión y Juan Rauzzino a 10 años. Fueron responsabilizados por asociación ilícita y privación ilegítima de la libertad. Se trata de la primera causa que llegó a juicio oral en esa provincia
Lucena fue considerado coautor material penalmente responsable de la comisión del delito de asociación ilícita en calidad de organizador, autor mediato penalmente responsable de la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de Griselda del Huerto Ponce, Julio Genaro Burgos, Nelly Yolanda Borda y Francisco Gregorio Ponce; todo en concurso real.
En tanto, Rauzzino fue condenado por ser coautor material penalmente responsable de la comisión del delito de asociación ilícita en calidad de organizador, autor mediato penalmente responsable de la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de Griselda del Huerto Ponce y Julio Genaro Burgos; todo en concurso real.
El tribunal –integrado por los jueces Juan Carlos Reynaga, Gabriel Eduardo Casas y José Quiroga Uriburu- resolvió mantener el cumplimiento de la pena de prisión impuesta a los acusados bajo la modalidad de prisión domiciliaria, hasta que la presente sentencia quede firme.
Los fundamentos se darán a conocer en la audiencia fijada para el 29 de junio próximo, a las 19.
Fuente: http://www.cij.gov.ar
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