Leúnda: “Se podría abrir un margen de negociación con los municipios”

El abogado patrocinante de tres de los cinco municipios a quienes el Estado deberá abonar más de 46 millones de pesos en cumplimiento de la Ley 6030, afirmó que el gobierno podría abrir una instancia de negociación con las comunas.

Carlos Leúnda, abogado patrocinante de tres de los cinco municipios a quienes el Estado deberá abonar más de 46 millones de pesos en cumplimiento de la Ley 6030, afirmó que el gobierno podría abrir una instancia de negociación con las comunas, si es que en la actualidad no tiene dinero para afrontar dicha obligación.

“Creo que se puede abrir un margen de negociación con los municipios beneficiados. Esto es algo similar a lo que pasó en su momento con el caso del juicio de los empleados judiciales. Y se acordó una forma de pago que era compatible con las disponibilidades de la provincia”, señaló Leúnda en diálogo con RADIO CIUDAD.

“Hoy entiendo que la situación es distinta. Las noticias que tenemos es que todos los meses se logran todos los record de recaudación, a pesar del parate económico que hay. Estimo que los recursos deben estar. Es más: tengo entendido de que incluso estaría incluido en el Presupuesto del año en curso, no tengo la confirmación todavía”, afirmó.

Cabe recordar que por orden judicial, el gobierno del Chaco está obligado a pagarle más de 46 millones de pesos a los municipios de Miraflores, Fuerte Esperanza, Castelli, Nueva Pompeya y El Sauzalito. El monto es el acumulado tras cuatro años de paralización de los efectos de la ley 6030 que las beneficiaba con fondos extras pero que había sido frenada por un amparo interpuesto por la municipalidad de Quitilipi.

El 4 de mayo último, la Cámara Segunda en lo Criminal intimó al Ejecutivo provincial a pagar $21.886.014 a Pompeya, El Sauzalito y Fuerte Esperanza ($7.295.338,91 para cada uno). Sin embargo y de acuerdo a la planilla aprobada en la causa, las comunas de Miraflores y Fuerte Esperanza deberán cobrar un monto similar, mientras que Castelli, de acuerdo a la misma planilla, deberá percibir poco más de 16 millones de pesos. El monto total devengado sin intereses asciende a $46.201.753.

Resoluciones.

¿Cómo se llegó a esta resolución judicial? La decisión de la Justicia es el corolario de una larga batalla que comenzó el 7 de noviembre de 2007. Con Roy Nikisch en retirada, la mayoría aliancista en la Legislatura sancionó la Ley 6030 con la que se creó un Fondo Transitorio Municipal de Ayuda Financiera para los municipios de Fontana, Castelli, Río Bermejito, Miraflores, Nueva Pompeya, El Sauzalito, Fuerte Esperanza, Pampa del Indio, Presidencia Roca y Las Breñas.

Los diputados de la Alianza afirmaron que era necesario sancionar este instrumento legal ante la insuficiencia de recursos de esos municipios para atender la cuestión aborigen, teniendo en cuenta la medida cautelar dictada meses atrás por la Corte Suprema en favor de los pueblos originarios. Por esto consideraron necesario dotarlos de un fondo adicional a efectos de que puedan atender sus gastos y las erogaciones que les demande la situación.

La normativa, sin embargo, fue cuestionada por el peronismo por considerar que se estaba afectando más recursos a comunas radicales teniendo en cuenta además que la Alianza perdió las elecciones de 2007 y se aprestaba a abandonar el poder en una suerte de “operativo retirada”.

Ante esto, el justicialismo no se quedó de brazos cruzados. A principios de 2008, una presentación del Intendente de Quitilipi, Alfredo Zamora, logró una medida cautelar de la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña con la que se paralizó los efectos de la ley.

Zamora promovió esa acción por considerar que afectaba el principio de igualdad, era discriminatoria con otras comunas y violaba el principio de razonabilidad. Finalmente, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de la ley apuntando principalmente a que no se tuvo en cuenta la creación del recurso con el que se afrontará el gasto, por lo que interpretó que la norma ostentaba “vicios de forma”.

Recogiendo el guante judicial, los municipios de Miraflores, Fuerte Esperanza, Castelli, Nueva Pompeya y El Sauzalito presentaron un amparo y medida cautelar ante la Cámara Contencioso Administrativa solicitando el inmediato cumplimiento de la ley. A la par, interpusieron un recurso ante la Cámara del Crimen de Sáenz Peña rechazando el amparo logrado por Zamora.

La decisión final recayó en el Superior Tribunal de Justicia. El 13 de junio de 2011, el máximo órganos judicial del Chaco le terminó dando la razón a las comunas y declaró la nulidad del fallo de la Cámara del Crimen “porque no había una nulidad manifiesta ni violación constitucional alguna”, explicó a CHACO DIA POR DIA uno de los abogados patrocinantes de los municipios, Carlos Guido Leúnda.

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