Mediante Decreto 228, el Departamento Ejecutivo Municipal lanzó "un Régimen de Regularización Fiscal Municipal, aplicable a la cancelación total de deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2011, por los tributos municipales, intereses actualizaciones y multas", señaló el titular de Hacienda, Daniel Guibelalde, quien dijo luego que el Plan Especial incluye "planes de facilidades de pago caducos, deudas originadas por la actividad fiscalizadora del Municipio, y aquellas que se encuentren en proceso de cobro judicial".
Más adelante habló a este diario de las tasas que se incluyen en el programa, detallando que se incluyen la Tasa por inspección de Seguridad e Higiene, la Tasa de barrido, limpieza y conservación de la vía pública, la Tasa de mantenimiento de red vial municipal, el Derecho ce cementerio, Derecho de ocupación de espacios públicos, Derecho de espectáculos públicos, Derecho de patentamiento de rodados menores, Derecho de entrada y salidas de micros, Derecho de ocupación de locales en la Terminal, Inspección veterinaria, Derecho de publicidad y propaganda, Derecho de empadronamiento y de Construcción, Derecho de oficina correspondiente a servicios de pavimento, agua potable en madero, cuotas de viviendas construidas con planes provinciales, Impuesto a los automotores transferidos a los municipios por la Provincia y Multas por omisión a los deberes formales.
REQUISITOS
en otra parte del informe se consigna que Guibelalde señaló que "es requisito para acogerse al Plan de Regularización tener pagas las cuotas correspondientes al año 2012", para señalar que la medida establece que "la cantidad de cuotas no podrá exceder de 36, a excepción de la Tasa Vial cuyo máximo será de 24 cuotas".
"En ningún caso el importe de cada cuota podrá ser inferior a cuarenta pesos, excepto en Red Vial donde cada cuota no deberá tener un monto mínimo menor a ochenta pesos", agregó.
"En el caso de la Tasa por Barrido y Limpieza, la cuota no podrá ser menor a la tasa que el contribuyente paga en forma ordinaria, según lo establece la Ordenanza Impositiva de acuerdo con la zonificación correspondiente", explicó.
MODALIDADES PARA EL PAGO
Daniel Guibelalde habló luego sobre las alternativas que los contribuyentes tienen en cuando a las modalidades de pago, señalando que si se paga de contado de la deuda original se deducirá el 80% de los intereses.
Sí el vecino elige un pago de hasta 3 cuotas la quita de intereses será del 70%, en tanto si se paga en 12 cuotas tendrá un descuento del 50% de los intereses devengados.
En cuanto a quienes elijan un pago en 24 cuotas se les realizará una quita del 30% de los intereses, y si el pago se pacta en 36 cuotas la quinta será del 20 por ciento.
HASTA NOVIEMBRE
Dejó en claro el Secretario de Hacienda que "para acogerse a este plan el plazo máximos es el 30 de noviembre de 2012", pudiendo los interesados acercarse a la Dirección de Rentas, conversar con el personal y asesorarse para regularizar su deuda con el erario municipal.
Explicó que para adherir a un plan de los ofrecidos el contribuyente deberá presentar el formulario provisto por la Municipalidad, tener pagas -al momento de la consolidación- las cuotas vencidas en el ejercicio 2012.
DETALLES FINALES
También se norma en el Decreto de qué manera proceder ante deudas fiscales en ejecución o discusión judicial, como así sobre la caducidad, temas "que se informarán en la Dirección de Rentas a quienes se sumen al plan de pago".
También apuntó que "las cuotas tendrán vencimiento el 10 de cada mes, siendo el vencimiento para la primera cuota en el momento en el que se concreta el plan", para finalmente invitar a los vecinos que deseen regularizar su situación a que concurran a la Comuna.
PARA JUBLIADOS Y PENSIONADOS
También el Ejecutivo, mediante Decreto 229, lanzó un generoso plan de facilidades de pago para jubilados y pensionados, "aplicable a la cancelación de deudas hasta el 31 de diciembre de 2011, por tributos municipales, intereses, actualizaciones y multas", que incluye planes de facilidades caducos, deudas por la actividad fiscalizadora municipal y las que se encuentren en proceso judicial", y que alcanza a las "Tasas por Alumbrado, Barrido y Limpieza, Derecho de Cementerio, Contribución por pavimento, agua potable en Madero, cuotas de viviendas construidas por planes provinciales".
Explicó que para acogerse "podrán ser incluidas las cuotas vencidas al momento de la consolidación de la deuda las cuotas del Ejercicio 2012", y que en ningún caso cada cuota será inferior a 30 pesos. "El plan permanecerá vigente hasta el 30 de noviembre", agregó Guibelalde, al tiempo que señaló que se podrá pagar "de contado y hasta en 6 cuotas con una deducción del 100% de los intereses".
Agregó que "en 12 cuotas el descuento será del 90% de los intereses, en hasta 24 cuotas se quitará el 80% de los intereses, y en más de 24 cuotas se tendrá un descuento del 70% de los intereses devengados".
Como requisito para adherir "deberán presentar el formulario provisto por el Municipio y ser beneficiario de una jubilación ordinaria por un monto que no supere los 1.800 pesos mensuales, monto que deberá considerarse como suma total en caso de existir convivientes con interés de igual o diferente tenor". También deberán "ser propietario de única vivienda -propiedad-" y se "deberá cumplimentar una encuesta socioeconómica para acreditar las condiciones exigidas en el Decreto, con carácter de Declaración jurada".
Ente otras normas, agregó finalmente el funcionario, se indica que las cuotas vencerán el 10d e cada mes y se pagará la primera al momento de realizarse el acuerdo.
También invitó a quienes lo deseen a sumarse al beneficio, o a obtener más datos en la Dirección de Rentas de la Municipalidad, donde el personal le informará de todos los planes para que el contribuyente jubilado o pensionado opte por el que más le convenga.
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