Lanzan facilidades para deudores de Plan de Viviendas

El Concejo Deliberante aprobó ayer por unanimidad el proyecto que contempla hasta 84 cuotas.

El Concejo Deliberante de San Francisco aprobó por unanimidad un proyecto de ordenanza que faculta a la Comisión Asesora para la Adjudicación de Viviendas a otorgar los beneficios de un plan de pagos extendido a los vecinos que están incluidos en el Programa Federal de Construcción de Viviendas.

De este modo, una docena de beneficiarios de planes habitacionales podrán adherir a un plan de pago de hasta 84 cuotas.

Según indicaron a LA MAÑANA fuentes del cuerpo deliberativo, este grupo pertenece a una primera tanda de expedientes que serán revisados por la Comisión, en la que están representados todos los bloques del Concejo.

En los próximos días se girará desde la Asesoría Letrada el resto de los informes sobre los casos de deudores que deberá resolver la Comisión.

Esta nueva alternativa hace que aquellas personas que por una situación económica compleja no puedan pagar las cuotas de sus viviendas, accedan al mecanismo establecido por la ordenanza N° 5337.

Según esa norma, la refinanciación de los planes de pagos sólo se otorgará si existiera una causa justificada que le impidiera al beneficiario afrontar el pago de las cuotas fijadas oportunamente, previo informe socioeconómico emitido por la Dirección de Desarrollo Comunitario, dependiente de la Secretaría de Salud.

El plan especial de pago para contribuyentes de escasos recursos con deudas en mora de todo tributo municipal, establece un plazo de hasta 84 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses compensatorios ni de financiación alguno, con vencimiento los días 20 de cada mes.

A la vez implica la suspensión del cobro extrajudicial de la deuda por el tiempo que dure la situación de carencia.

El trámite establecido consiste en presentar una solicitud dirigida a la Comisión Asesora para la Adjudicación de Viviendas, por Mesa de Entradas, iniciándose un expediente luego se remitirá a la Comisión, que se evaluará si las causas esgrimidas por el requirente son debidamente justificadas para hacer lugar al trámite.

En caso afirmativo, se solicitará a la Secretaría de Economía el estado de la deuda y luego se enviará el expediente a la Dirección de Desarrollo Comunitario para que emita el informe socioeconómico.

Obtenido el mismo y evaluada la situación del requirente, la Comisión dictaminará y aconsejará al Departamento Ejecutivo sobre el otorgamiento o no de una refinanciación.

El Departamento Ejecutivo pasará vista a la Secretaría de Economía y ésta confeccionará la norma legal correspondiente a los fines de formalizar el trámite administrativo, otorgando o rechazando la refinanciación, la que deberá ser notificada al requirente.

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