La Corte Suprema rechazó el planteo del radical Ariel García contra la cláusula transitoria de la Constitución de 2006 que habilitó al Gobernador a buscar un tercer mandato. La sentencia también beneficia a muchos de los actuales legisladores, intendentes, concejales y delegados comunales. Apelarán el fallo. Reacciones a favor y en contra.
La sentencia, emitida el lunes y dada a conocer ayer, lleva la firma del vocal Antonio Gandur, y de los camaristas Carlos Miguel Ibáñez y Raúl Díaz Ricci, quienes se integraron al Tribunal por sorteo, debido a excusaciones y recusaciones de los otros miembros de la Corte.
En su fallo, los magistrados rechazaron el planteo del dirigente radical Ariel García contra la cláusula transitoria incorporada a la Constitución con la reforma de 2006 que habilitó la posibilidad de que Alperovich, al igual que la mayoría de los actuales legisladores, intendentes, concejales y delegados comunales, puedan buscar un tercer mandato consecutivo, pese a que la Carta Magna sólo permite hasta dos períodos.
De esta manera, el actual titular del Poder Ejecutivo, quedó a un paso de convertirse en el primer y último dirigente político en la historia de Tucumán en gobernar la provincia durante 12 años seguidos, teniendo en cuenta que llegó al poder en 2003.
En concreto, el Tribunal declaró la validez constitucional del artículo 159 (cláusula transitoria) de la Constitución, que establece que los mandatos de quienes estaban en ejercicio al momento de sancionarse la reforma, no serán considerados como el primer período a los efectos de la reelección, plasmada en el artículo 90.
En consecuencia, el fallo convalidó la disposición constitucional que establece que no debe contabilizarse el período 2003-2007, y que se debe considerar al 2007-2011 como el primer mandato.
La causa impulsada por García llegó a esa instancia por un recurso de casación planteado contra el fallo de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que le había negado la legitimación activa para objetar la Carta Magna tucumana.
La CSJT dictaminó a favor del dirigente radical en ese sentido. "La condición de elector y delegado nacional del partido político Unión Cívica Radical legitiman a García para promover la presente acción", sentenciaron Gandur, Ibáñez y Díaz Ricci.
Aval a la re-reelección
No obstante, el Tribunal le asestó un revés respecto a la cuestión de fondo, es decir, rechazó su planteo solicitando que se declare la inconstitucionalidad de la cláusula que habilitó la re-reelección.
A propósito, la CSJT sostuvo en su sentencia que "la Convención Constituyente se hallaba plenamente facultada para normar sobre la forma y modo de elección de gobernador y, en el marco del debate, llegó a la conclusión plasmada en el artículo 90 de la Constitución de la Provincia de Tucumán, con la norma transitoria del art. 159, por la cual se resuelve que el mandato de gobernación del período 2003-2007 no resulta alcanzado por el nuevo régimen constitucional, sino por el antiguo sistema constitucional". Y sobre el mismo punto, los jueces agregaron que "la solución adoptada de ningún modo quebranta garantía constitucional alguna, ni legisla de modo irracional o irrazonable. Por el contrario, responde a una lógica objetiva, que establece diferentes consecuencias fácticas a distintas circunstancias al momento de la reforma y con distintas normativas o regímenes aplicables".
Además, el fallo aclara que "la determinación de la vigencia temporal del mandato de quien encarna el Poder Ejecutivo al momento de la reforma representa un instrumento esencial de la potestad del Convencional Constituyente para precisar el instituto de la reelección". Según los magistrados, "descalificar esta decisión a partir de la defensa de tal o cual criterio significaría introducirse en un ámbito vedado para el Poder Judicial, interfiriendo de manera arbitraria la voluntad popular expresada a través de la Convención. El Poder Judicial ejerce una función de guardián y garante de la Constitución sin que esto signifique transformarse en un órgano constituyente que participe de la organización política del Estado", sentenció el Tribunal.
Apelación
El radical Ariel García anticipó anoche a EL SIGLO que apelará el fallo del Máximo Tribunal provincial. “Esta sentencia no va a quedar firme, porque vamos a apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se trata de un deber que no debemos eludir quienes defendemos el sistema democrático”, advirtió. Según el dirigente, quien integra la Mesa Nacional de la UCR, la sentencia de la CSJT "representa un grave peligro para la democracia, que tanto costó recuperar. Es una decisión sin precedentes para nuestro sistema de gobierno", alertó.
Explicó que "la esencia de la democracia supone la periodicidad en los mandatos. El único sistema de gobierno en donde no está establecida esa característica de cambio y renovación de autoridades, es en la monarquía. Por ello recurriremos en un recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia de la Nación", lanzó.
El opositor, quien es candidato a legislador, expresó que "el hecho de que no se contemplen los cuatro primeros años de gestión de Alperovich como mandato es de suma gravedad y genera una desigualdad ante el resto de los tucumanos. Ahora el gobernador busca un tercer mandato consecutivo, quiere decir que con este fallo estarían, no sólo habilitando la recontrareelección de Alperovich, sino la instauración de una monarquía", adujo.
Finalmente, García afirmó que "curiosamente esta causa, que hace un año no fue analizada en la Sala I en lo Contencioso Administrativo aduciendo falta de legitimación, hoy es reconocida por la Corte. Lo que me negaban como chicana jurídica, ahora lo aceptan, cuando quedan 48 horas para oficializar la candidatura", completó.
Reacciones a favor
y en contra
El fallo de la CSJT no sorprendió a nadie en el ámbito político, pues se esperaba que la Justicia habilite la re-reelección.
No obstante, al haber surgido en pleno auge de la campaña y a horas de la oficialización de las candidaturas con vistas a los comicios provinciales de agosto, tuvo gran repercusión, con posturas a favor y en contra.
El vicegobernador, a cargo del PE, Regino Amado, consideró que el fallo de la Corte provincial es inapelable y deja firme el artículo que permite la re-reelección. “Este pleito ha pasado todas las instancias que tenían que pasar” aseguró y agregó que “con esta sentencia no hay otra posibilidad de actuación”
A su turno, el ministro de Gobierno, Edmundo Jiménez, consideró que “es muy bueno que la Corte haya resuelto esto antes de las elecciones”.
El funcionario apuntó que “en el sentido jurídico no había mayores dudas (sobre la validez del artículo constitucional objetado), pero había versiones, dudas y comentarios, que ante unas elecciones es mejor dejar aclarado todo”.
En cambio, el ex convencional constituyente del Partido Obrero, Daniel Blanco, consideró que "el fallo de la Corte que habilita a Alperovich a una nueva re-reelección, abre las vías para la continuidad de un régimen de camarillas y patotas, de atropellos permanentes contra el pueblo. Las libertades y los derechos sociales corren más peligro que nunca. Los poderosos están festejando el fallo. Los trabajadores de la salud, por el contrario están discutiendo como profundizar la lucha para que el gobernador atienda sus justos reclamos", disparó.
En tanto, el también ex convencional José Páez (Democracia Cristiana) dijo no compartir el contenido del fallo dictado, al señalar que “la existencia de la cláusula transitoria, lejos de precisar el trato que habría de dársele al mandato que era ejercido conforme a la cláusula del texto constitucional anterior, en sí mismo constituye una violación al principio de igualdad ante la ley". En este sentido, recordó que "el artículo 159 otorga privilegio a los cientos de funcionarios electivos que se encontraban desempeñando el cargo en desigualdad de condiciones a los casi un millón de ciudadanos que no podrán tener la posibilidad jamás de cumplir tres mandatos consecutivos bajo la vigencia de este texto constitucional".





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