Así opinó el doctor Pedro Velázquez Ibarra al denunciar una situación de promiscuidad institucional explicita e impúdica? de la que acusó a la Secretaria Legal y Técnica de Gobierno provincial, Grisell Insfran, al integrar el Superior Tribunal de Justicia en calidad de presidente subrogante.
PROMISCUIDAD INSTITUCIONAL
Respecto a la situación de ?promiscuidad institucional? el doctor Velázquez Ibarra recuerda que los doctores Alucín y Hans, integrantes por entonces del Tribunal Electoral Permanente, solicitan al Superior Tribunal ser incluidos en el sorteo a fin de designar magistrados para integrar el Consejo de la Magistratura, requerimiento que fue rechazado por el máximo órgano jurisdiccional de la provincia. Por tal motivo los reclamantes inician demanda contra el Poder Judicial, recusando masivamente a los integrantes del Superior Tribunal por que ya anticiparon criterio y a los jueces pertenecientes al Colegio de Magistrados y Funcionarios por que la entidad ya los había admitido como socios.
Se sortean conjueces para resolver el caso, comenzando por las recusaciones masivas, siendo designada Presidente del Superior Tribunalla sobrina del gobernador, Grisell Insfran. A su vez es de público y notorio conocimiento de que actualmente el accionante Guillermo Alucin es ministro del Superior Tribunal de Justicia, transformándose así en demandante y demandado, ya que el reclamo es al órgano judicial que integra. Y la doctora Insfran es juez y parte, ya que integra el Superior Tribunal en el cargo de presidente; es decir cabeza del Poder Judicial nada menos y al mismo tiempo, simultáneamente, es funcionaria del Poder Ejecutivo encabezado por su tío el gobernador Gildo Insfran, con bloqueo de matricula profesional para desempeñar cualquier otra función, a lo que cabe agregar que en realidad la parte demandada es, y debió ser desde el inicio, el Estado Provincial. Aspecto técnico que evidentemente ignora o, lo que seria peor, desdeña, sin cultivar siquiera ?las buenas maneras para sus malos ejemplos? como aconseja desde una canción Joan Manuel Serrat.
Sintetizando, nos encontramos con que el Poder Ejecutivo, a través de la doctora Insfran, dicta sentencia como juez en un reclamo contra la provincia, que es parte y a quien tiene la obligación de defender.Subsumiéndose así al Poder Judicial en el Poder Ejecutivo.
En tamaña degradación institucional, la Secretaria Legal y Técnica de la Provincia dicta el fallo 9971/12, haciendo lugar a las recusaciones masivas de jueces, argumentando que la entidad Colegio de Magistrados no puede escindirse de los socios jueces, mientras que en las recusaciones planteadas por el Obispado de Formosa, con la mismo postura respecto a la relación persona jurídica y asociados beneficiados por la construcción de su ?sede digna? con fondos públicos, se sostiene lo contrario, considerándose que no existe asimilación alguna y por ello la impugnación a los magistrados beneficiados con la obra lo consideran improcedente, ratificándose este criterio en la emblemática causa ?Rosa Salinas? por la Cámara Civil integrada por conjueces, presidida por un abogado procesado por varios delitos de acción publica, quien para eludir la pena pidió la suspensión del juicio a prueba , haciéndose cargo de la reparación de los daños causadas por su obrar ilícito y cumpliendo tareas comunitarias en El Colorado.
Obviamente que estando en esta situación, y a merced de lo que podría disponer un juez de instrucción domesticado por el Poder Político, simplemente pasó a firmar la resolución previamente confeccionada, sin idoneidad técnica ni moral para presidir la Cámara Civil, en un caso de gran repercusión pública y social, dentro del cual se demanda por violación del Estado aelementales derechos humanos de una humilde empleada pública, con altísimo contenido ético, precisamente. Es decir, quedó en manos de un conjuez con conducta ilícita la resolución de las recusaciones. O sea, se entregó ?lechuga al conejo para que la cuide?, y así salió el fallo.
Queda claro que para un mismo supuesto existen dos parámetros distintos, aplicados a?medida? de quien sea el reclamante, y a costa de generar un antecedente de ?estrepitusfori?, se administra justicia con una suerte de ?menú a la carta, con servicio delibery? conforme sea el comensal que lo pide y a domicilio.
DEMOCRACIA MUTILADA
Es de lamentar que en Formosa no existan pronunciamiento públicos exigiendo independencia, imparcialidad e idoneidad técnica y moral de los magistrados locales, como esta ocurriendo a nivel nacional, mientras a nivel local el Poder Político monopoliza, a través del Consejo de la Magistratura y la Cámara de Diputados, la designación y control de los jueces, sin limite institucional, ni jurídico, ni ético alguno, al punto tal de que a mayor ejercicio delictual de las funciones, mayores premios a jueces, y juezas, ?impresentables?, quienes tienen la facultad de disponer de la vida, la libertad y el patrimonio de los formoseños, y formoseñas, sean bien o mal nacidos, esclarecidos y agradecidos o no.
Se impone el repudio de fallos como el analizado y la promiscuidad institucional en que fue dictado, comenzando por lasautoridades del Consejo Profesional de la Abogacía, quienes son corresponsables de la designación de conjueces, y también de los conocidos abogados constitucionalista del foro local, ya que la obligación de la luchar por una justicia independiente como parte de los derechos humanos es individual, de acuerdo a la escala de valores y compromiso con la sociedad que los profesionales del derecho tengamos , pero el triunfo de esta lucha depende de la participación de todos.
Caso contrario continuaremos con una democracia mutilada, sin transparencia, con el ocultamiento propio de la impunidad, con la única facultad de sufragar cada dos años, y con el respeto que se merecen El Apóstol ?Papacito? Cabrera y su Santo Padre, hago mía una vez más la frase del papa Juan Pablo II, que mi religión me permite reconocer como tal: ?Sin Verdad no hay Justicia, y sin Justicia no hay Paz?, concluyó categóricamente el doctor Pedro Velázquez Ibarra.

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