La Justicia no encuentra a acusados de dos homicidios a los que liberó

La Justicia no encuentra a acusados de dos homicidios a los que liberó
Se trata de Omar Manuel Antiñir y Alfredo Sebastián Añuel. Ambos habían sido dejados en libertad porque, entre otros aspectos, se consideró que no existía riesgo de que se fuguen antes de los juicios.

Dos familias neuquinas se debaten entre el dolor que genera el asesinato de un ser querido y el desconsuelo de una disposición judicial que en un caso no garantizó que el imputado sea juzgado y en el otro que cumpla con la condena impuesta.

Omar Manuel Antiñir y Alfredo Sebastián Añuel, los dos acusados por homicidio, permanecieron en libertad durante el proceso que se inició en contra de ellos por homicidios, y hoy están prófugos.

El primero iba a ser juzgado el lunes 12 de noviembre por el asesinato de Leonardo Troncoso, pero la Cámara Criminal Segunda suspendió el debate porque el acusado no pudo ser ubicado. Los magistrados lo declararon en rebeldía y ordenaron su captura. Aún lo están buscando.

El sospechoso se encontraba en libertad desde principios de 2011, y cuando el abogado Gustavo Palmieri, que representa a la familia de Troncoso -asesinado de una puñalada en el barrio San Lorenzo el 23 de enero de ese año-, pidió que se revoque la excarcelación otorgada durante la etapa de instrucción y se disponga su inmediata detención, la Cámara Criminal Segunda resolvió no hacer lugar al pedido.

La Cámara argumentó en aquel momento que “no se ha constatado en autos hechos nuevos y concretos que materialicen un riesgo procesal en sus variantes de peligro para la investigación (descubrimiento de la verdad) en tanto la instrucción ha concluido, o peligro de fuga, dado que los acusados se han presentado en cada una de las oportunidades en que han sido citados tanto por el Juzgado de Instrucción Cuatro como por este tribunal (en la citación a juicio)”.

Consideró así que no había ni peligro de fuga ni riesgo de que puedan entorpecer la investigación, debido a que la instrucción ya había cerrado.

Pero lo cierto es que a la hora de comenzar el debate no se pudo contar con Pilquiñan, porque fue asesinado en abril pasado, ni con Antiñir, porque estando en libertad se dio a la fuga.

Palmieri ya había alegado razones para suponer el desenlace de Antiñir.

En ese mismo registro interlocutorio, la Cámara dedica un párrafo, según el cual y para sostener la inmediata detención, dice que el letrado “desconoce si los imputados mantienen el domicilio enunciado, si integran un grupo familiar estable y si registran nuevas investigaciones criminales”. También “invoca la existencia de presuntas amenazas en perjuicio de familiares de la víctima”.

En el caso de las demás partes, el fiscal Pablo Vignaroli en su momento apoyó la petición de la querella mientras que el defensor oficial Gustavo Vitale sostuvo, como la Cámara, que “no existen elementos que acrediten peligro de fuga de los presuntos inocentes, en tanto desde comienzos de 2011 se encuentran en libertad sin evidencia alguna de elusión de la Justicia”.

El otro caso

Distinto es el caso de Alfredo Añuel, quien llegó a juicio en libertad el 6 de noviembre y nueve días después, el tribunal de la Cámara en lo Criminal Primera, por mayoría, lo condenó a 14 años en la cárcel por haber matado a Edgardo Leopoldo Silva el 14 de octubre de 2010, en el barrio Parque Industrial.

Cuando el fiscal Pablo Vignaroli pidió su inmediata detención y la Cámara hizo lugar, ya no fue posible ubicarlo.

Desde entonces carga con un pedido de captura y sigue prófugo. Pero en su caso fue la Cámara de Apelaciones la que le concedió la libertad. Y aunque en un principio se suponía que lo había hecho por entender que no había peligro de fuga, de la resolución se deduce que otras razones motivaron su decisión, vinculadas directamente al derrotero de la etapa de instrucción.

De acuerdo al fallo al que tuvo acceso La Mañana de Neuquén, como también al registro interlocutorio mencionado, esa Cámara revocó el procesamiento con prisión preventiva que dispuso el Juzgado de Instrucción Dos, dictó la falta de mérito y, por consiguiente, dispuso la inmediata libertad de Añuel y también de Alfredo Figueroa, el otro imputado en el hecho que terminó absuelto en el juicio.

La resolución data del 7 de noviembre de 2010 y fue refrendada por dos jueces porque el restante se encontraba en ese momento de licencia.

“Consideramos que es necesario que se profundice la pesquisa y, en consecuencia, sostenemos que el cuadro cargoso logrado, por el momento, es insuficiente para arribar al grado de convencimiento que la etapa exige (semiplena prueba de la autoría) para el dictado de un juicio de mérito como es el procesamiento”, sostuvo la Cámara.

Comentá la nota