La justicia avaló el veto de Macri contra la ley de Medicamentos

La Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas realizó a finales de 2011 una presentación en la justicia donde reclamó la inconstitucionalidad del veto por parte del Ejecutivo porteño a la ley aprobada en la Legislatura que hacía exclusiva la venta de medicamentos en farmacias.
Como respuesta, este miércoles el Tribunal Superior de Justicia resolvió que era "inadmisible" una acción contra un veto del Gobierno de la Ciudad.

A principios de 2012, el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, ejerció de manera compulsiva la facultad que posee de vetar leyes que fueron sancionadas en la Legislatura porteña. Una de ellas fue la adhesión a la ley nacional 26.567 que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica y que, entre otros puntos, hacía exclusiva la venta de medicamentos en farmacias, prohibiendo el expendio en quioscos.

La respuesta por parte de los empresarios del sector no tardó en llegar. La Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) presentó por esos días un pedido de declaración de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia, al considerar que al texto del decreto del veto (670/2011) le faltaba la firma del ministro de Salud porteño, Jorge Lemus, tal como lo estipula la Constitución de la Ciudad.

Luego de varios meses llegó la resolución del TSJ. Por mayoría, resolvió que es "inadmisible" una acción contra un veto del Ejecutivo porteño. En el fallo, el juez José Osvaldo Casás expresó que el citado decreto no se identifica con disposiciones normativas de carácter general emanadas del Gobierno de la Ciudad--como sostuvieron los demandantes--, "lo que invalida la acción como herramienta para cuestionar su validez constitucional de acuerdo al ordenamiento jurídico local".

Por otro lado, Casás aseguró que “el veto constituye una instancia que se da en el marco del proceso de formación y sanción de las leyes previsto por la Constitución, cuyo ejercicio es atribución exclusiva del titular del Poder Ejecutivo”, argumento con el que coincidió la jueza Ana María Conde, que adhirió al voto del magistrado de trámite.

A su turno, el presidente del TSJ, Luis Francisco Lozano desestimó la acción por considerar que no cuestionaba una norma vigente, sino un procedimiento legislativo que está en curso, por el cual luego del veto el proyecto vuelve a la Legislatura para su consideración, de acuerdo a las normas de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

En su voto en disidencia, la vicepresidenta del Tribunal, Alicia E. C. Ruiz, sostuvo la legitimidad de la acción de inconstitucionalidad interpuesta al reconocer al decreto en cuestión como norma local de carácter general que está vigente.

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