La Justicia avaló que las elecciones en Chubut se celebren el 20 de marzo

La Justicia avaló que las elecciones en Chubut se celebren el 20 de marzo
La Unión Cívica Radical había pedido que se declarara inconstitucional el adelanto de las elecciones en Chubut, argumentando que esa facultad no le correspondía al gobernador Mario Das Neves. Sin embargo, el máximo órgano judicial chubutense avaló el traslado para el 20 de marzo de 2011 de los comicios que inicialmente debían celebrarse en octubre de ese año. Además, le solicitó a la Legislatura provincial que emita una Ley que regule los actos electorales para el futuro.

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó la demanda de la UCR (Unión Cívica Radical) para declarar inconstitucional el decreto emitido por el gobernador Mario Das Neves que adelanta las elecciones en la provincia para el 20 de marzo. De los seis ministros que conforman el pleno del Superior Tribunal, no participó Jorge Pfleger, ausente por uso de licencia.

Los ministros Daniel Rebagliatti Russell, José Luis Pasutti, Alejandro Panizzi, Daniel Caneo y Fernando Royer, expusieron sus coincidencias respecto del rechazo del planteo del radicalismo. El fallo considera que es potestad del gobernador determinar la fecha de los comicios.

En ese fallo, además, los miembros del Superior Tribunal recomiendan que sea la Legislatura la que decida si las elecciones de autoridades municipales y provinciales sea el 11 de marzo de 2011.

A la vez, pidieron que los diputados dicten una ley electoral para evitar inconvenientes en este tipo de convocatorias en el futuro.

SATISFACCION DEL GOBIERNO

El fiscal de Estado, Diego Carmona, destacó: “el fallo del Superior Tribunal de Justicia no sólo ratifica las elecciones para el 20 de marzo sino que también demuestra la independencia de los Poderes y la facultad que tiene el gobernador de convocar a elecciones, haciendo un minucioso análisis de las facultades legales y constitucionales que posee el Gobernador para convocar y fijar las fechas de las elecciones provinciales”.

Luego de ser notificado del fallo, en el mediodía de ayer, Carmona señaló al partido de Mario Cimadevilla porque la resolución del Superior Tribunal demuestra “la imposibilidad de la UCR de arrogarse facultades y derechos que no puede acreditar”.

El fiscal de Estado subrayó que la UCR no pudo demostrar al Superior Tribunal los perjuicios que ocasionaba el decreto provincial, “de hecho, los Ministros han tomado en consideración las propias declaraciones públicas que efectuaron dirigentes de la UCR y que fueran acompañadas en el expediente por esta parte, en donde manifiestan que podrían cumplir con el cronograma electoral, que debían supeditarse a lo que dispusiera el titular del Poder Ejecutivo y que tenían previsto las internas partidarias para fines de noviembre”, dijo.

EL FALLO

La sentencia del Superior Tribunal consiste en rechazar “la demanda declarativa de inconstitucionalidad interpuesta por la Unión Cívica Radical -Distrito Chubut- contra la Provincia del Chubut” en torno al decreto 630 de 2010 que adelanta los comicios para autoridades gubernamentales municipales y provinciales.

Además, le requirieron a la Legislatura del Chubut el cumplimiento de la manda constitucional, primera parte del artículo 256 de la Constitución Provincial”

Daniel Rebagliatti Russel, en los fundamentos de su voto, dijo: “no surge a mi criterio demostrado el perjuicio o los perjuicios que dice padecer con el dictado del decreto. No encuentro a lo largo de todo el trámite de este expediente, ningún elemento probatorio que me permita inferir con un verdadero grado de certeza, la existencia de perjuicios concretos, efectivos y actuales que haya padecido la UCR, o que estén próximos a ocurrir”.

El ministro continúa asegurando que “la peticionante -UCR- no ha demostrado de qué manera, la norma impugnada -Dto. Prov. 630/2010- resulta contraria a la Constitución Provincial, causándole gravamen; o en otros términos, cómo lo ha afectado en forma ‘suficientemente directa’”.

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