La Cámara Federal de Córdoba determinó que el gobierno nacional se extralimitó en sus funciones al crear un cargo tarifario que significaba subas de hasta el 260% en la tarifa. Debió pasar por el Congreso.
La ofensiva contra el decreto presidencial fue iniciada por el defensor del Pueblo, Eduardo Mugnaini, que el año pasado, cuando las quejas contra el reajuste de las tarifas se convirtieron en un aluvión, presentó una acción de amparo colectiva para frenar los incrementos desmedidos.
El 28 de octubre de 2009, el juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, emitió una resolución en la que aceptó el amparo pedido por Mugnaini en contra del Estado Nacional, el Enargas y Nación Fideicomiso y declaró inconstitucional el decreto de la Presidenta. Ese decreto en realidad no aplicaba un reajuste de la tarifa sino que creaba un cargo adicional que estaba destinado a la capitalización de un fondo fiduciario para satisfacer el suministro del combustible, garantizar la continuidad del crecimiento económico nacional y la prestación del servicio en las empresas e industrias que son centrales para el país.
En los hechos, los usuarios pagaban incrementos en las facturas que iban desde el 70 al 260 por ciento.
La Cámara Federal entendió que el “cargo tarifario” ocultaba en realidad una medida tributaria, impositiva, que le está vedada al Ejecutivo y está reservada sólo al Legislativo. Y confirmó no sólo la inconstitucionalidad del aumento sino que, además, reafirmó que se deben devolver los importes ya cobrados a los usuarios y, además, la empresa no podrá realizar ninguna interrupción del servicio.
“El cargo creado por el Decreto 2067/08 es un tributo. Consecuentemente y dado que la Constitución Nacional en su artículo 76 prohíbe la delegación legislativa al Poder Ejecutivo (...), se ha vedado al Poder Legislativo delegar dicha atribución en el Poder Ejecutivo (...) De esta forma, el Poder Ejecutivo se ha extralimitado al dictar un acto de naturaleza legislativa vulnerando el régimen representativo republicano garantizado por la Constitución Nacional”, se lee en la sentencia firmada por los camaristas Luis Rueda, Abel Sánchez Torres y Octavio Cortez Olmedo.
Para la Cámara no hay diferencias de fondo entre el “cargo tarifario” que creó la Presidenta y una contribución especial o un impuesto con asignación específica. Por lo tanto, debió ser creado a partir de una decisión del Congreso nacional.
Cuando se enteró de la sentencia, Eduardo Mugnaini manifestó su satisfacción y destacó que la institución viene trabajando para el bien común de la ciudad y no en el marco de ninguna política partidaria. En las últimas semanas, el defensor del Pueblo había sido cuestionado por el gobierno de Juan Jure por emitir dos dictámenes en contra del desembarco de Innviron.
Con el fallo de la Cámara Federal se resuelve la cuestión de fondo en el aumento tarifario del gas y no sólo un amparo temporario.
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