La Justicia dio el amparo a los vecinos pero no frena la obra

La jueza civil Susana Ethel Fernández terminó beneficiando más al Gobierno provincial que a los vecinos, a pesar de que su resolución en el conflicto por la construcción del centro cultural Medasur pueda interpretarse como salomónica.
¿Por qué? Por le dio curso al amparo presentado por una decena de vecinos de Villa Alonso, pero rechazó la medida cautelar pidiendo que se frene la obra y que vuelva a funcionar normalmente el parque infantil "Caídos en Malvinas".

Esta solución dada por Fernández podría provocar, a largo plazo, una situación paradójica: que una vez construido el centro cultural, ella u otros jueces fallen que los amparistas tenían razón en que el Estado violó las constituciones nacional y provincial, la ley de Medio Ambiente y disposiciones municipales, y que además no tuvo en cuenta el acerbo patrimonial y cultural.

¿Por qué podría ser así? Porque el proceso del amparo llevará meses, ya que las partes -vecinos y Fiscalía de Estado- tendrán que presentar pruebas y testimonios, para defender sus respectivas posturas, antes de que Fernández se pronuncie sobre la cuestión de fondo.

La cautelar, en cambio, es una medida provisoria, que "congela" una situación actual hasta tanto se resuelva el fondo del planteo. Con el rechazo, la magistrada le dio vía libre al Gobierno para que avance con la obra en su actual lugar de emplazamiento -avenida Belgrano y Corrientes-, a pesar del rechazo de varios sectores de la comunidad santarroseña.

La posibilidad de que la titular del Juzgado en lo Civil 1 tomara esta decisión había sido adelantada por este diario en la edición de ayer, a pesar de que ninguno de los involucrados la había confirmado. Incluso un cronista de LA ARENA se acercó el miércoles a las 12.30 al tribunal -en coincidencia con el cierre del horario de atención- y allí le respondieron que Fernández no había tomado ninguna decisión. No era así. Más bien la jueza prefirió ocultarle a la prensa una información de claro interés público.

Ella rechazó la cautelar por considerar que los vecinos no ofrecieron "elementos de prueba suficientes" para avalar el pedido e impedir la continuidad de los trabajos. Y agregó que dándole lugar a ese planteo podría haber adelantado una opinión sobre el amparo.

Una vez conocida la novedad, entre los amparistas surgieron preguntas sin respuesta: ¿no es un elemento suficiente saber que el gobierno avanzó con Medasur sin contar con la autorización municipal?, ¿esa conducta no es ilícita?

Como tanto el abogado de los vecinos, Sergio Sánchez Alustiza, como el fiscal de Estado, José Alejandro Vanini, recién el lunes se notificarán oficialmente de la resolución -el Poder Judicial no trabajó ni ayer ni hoy-, ambos analizarán durante el largo fin de semana los pasos a seguir. Una alternativa es que los dos o uno de ellos apele ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil.

Contra la Constitución.

En el recurso presentado hace una semana, los vecinos de Villa Alonso -entre los que figura la presidenta de la comisión vecinal, Viviana Arias- habían solicitado que se vuelvan a colocar los juegos, que se retire el cerco de chapas que circunda al espacio verde y que el parque infantil funcione normalmente hasta tanto el amparo tuviera sentencia. Hubo fundamentos estrictamente jurídicos y otros basados en el acervo cultural y patrimonial de los pampeanos.

En ese sentido, Sánchez Alustiza expresó que existía una "lesión inminente a los derechos civiles y humanos constitucionalmente garantizados" y que el avance de la construcción del Medasur se decidió "en forma absolutamente inconsulta y arbitraria" ya que el Estado violó la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, la Ley Provincial de Medioambiente, "y otras leyes nacionales y provinciales, que causan un concreto y grave perjuicio a la sociedad".

El abogado subrayó que la Constitución pampeana "habla de ambiente ecológicamente equilibrado", por lo que prioriza lo ambiental por sobre "cuestiones productivas o económicas"; y agregó que la ley de Medio Ambiente prevé que "todo emprendimiento público o privado, cuyas acciones u obras sean susceptibles de producir efectos negativos sobre el ambiente, deben contar con una evaluación de impacto ambiental previa". En este caso el Gobierno no lo realizó.

El fuerte interés oficial por esta pelea judicial quedó demostrado en la presentación espontánea de Vanini en el Juzgado 1, el lunes a primera hora, y pese a que no estaba notificado, para solicitarle a Fernández que rechazara el amparo y la medida cautelar. Esa conducta fue interpretada por muchos como una presión a la jueza.

El gobierno, que ha desoído un petitorio de 4.000 firmas, incluida la del cantante León Gieco, para relocalizar el centro cultural, le otorgó la construcción del emprendimiento a la empresa Ilka Construcciones SRL a cambio de 17.312.780,47 pesos y un plazo de ejecución de 540 días corridos.

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