Un juez marplatense falló contra el tope salarial para asignaciones familiares

Un juez marplatense falló contra el tope salarial para asignaciones familiares
El Dr. Alfredo López, que había fallado contra el Gobierno en un caso por compra de dólares, ahora hizo lugar a un amparo presentado por una empleada de la Municipalidad de General Pueyrredon.

López declaró que no debe aplicarse un tope salarial para el cobro de las asignaciones familiares, al hacer lugar a una acción de amparo de una trabajadora estatal que al recibir un aumento de sueldo automáticamente dejó de percibir esos beneficios.

La medida fue dispuesta en el marco de la acción de la trabajadora contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

La demandante inició la causa para “obtener la restitución inmediata del pago de la asignación por su hija y del resto de las asignaciones que le pudieren corresponder, ´atento la notoria

inconstitucionalidad del tope establecido por el Decreto 1482/2011”·, indicó el Centro de Información Judicial (CIJ).

La mujer señaló que a raíz del aumento del 10% del sueldo dispuesto por su empleador, la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, “le quitaron las asignaciones familiares que venía percibiendo, al excederse el tope de $ 5.200 fijado por el decreto en cuestión”.

El juez también hizo referencia a la falta de actualización de ese tope salarial para las asignaciones.

“No resulta razonable que el tope a las asignaciones familiares se mantenga intacto desde el año 2011, ello con grave detrimento a sus derechos amparados constitucionalmente”, indicó el fallo.

López, quien recientemente falló contra el Gobierno nacional al autorizar la venta de dólares a una pareja para comprar una casa, dijo que “el Poder Judicial, en determinados supuestos y dadas ciertas condiciones, debe poner coto a situaciones que denoten un ejercicio irrazonable del poder legítimo que ostenta la Administración, siempre y cuando sus decisiones resulten atentatorias del bien común de la Nación o de derechos y garantías amparadas por la Carta Magna”.

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