Juez cordobés señaló que su sentencia "busca defender la libertad de las personas"

Carlos Gigena, juez de falta de Santa Rosa de Calamuchita, aseguró que, en estos casos, la Justicia privilegia la libertad del hombre en sus acciones privadas.
Luego del fallo días atrás, donde un juez eximió de pagar una multa a dos motociclistas que no usaban casco, Carlos Gigena, el letrado en cuestión, alegó en medios locales, que su utilización es un derecho individual que no afecta a terceros y que basó su decisión en el fallo de la Corte que avala el consumo personal de estupefacientes.

En diálogo con Cadena 3, el juez explicó: "En esas causas, la Corte ha privilegiado la libertad el hombre y ha puesto en un nivel expectante al artículo 19 de la Corte Superior de Justicia que determina que las acciones privadas de los hombres que no afectan a terceros están sólo reservadas a Dios. Interpretando esa norma, ha despenalizado el consumo y elimina el concepto de #peligrosidad abstracta#".

"En ese caso, la Corte privilegió el principio de libertad que rechaza cualquier norma que invada la esfera de libertad personal en tanto la conducta no traiga aparejado un peligro concreto o daño a derecho o bienes de terceros", argumentó.

Y agregó: "En mi resolución hago lugar a la posición de los infractores cada vez que hacen uso a su derecho de libertad a usarlo e invocan la inexistencia de daños probables a bienes de terceros. En función a la interpretación que hace la Justicia entiendo que corresponde admitir esta esfera de libertad en personas de mayores de edad para determinar si usan o no el casco y lo hago extensible al cinturón de seguridad".

Pese a reconocer que él usa el cinturón, afirmó que su fallo "no envía un mensaje contradictorio sino que busca defender la libertad de las personas mayores".

"Objetivamente y por una cuestión racional se debería usar el casco y el cinturón. Ahora quienes quieran ejercer el derecho de no usarlo pueden hacerlo", justificó.

La polémica resolución que eximió del pago de una multa a dos motociclistas que no llevaban casco data del 8 de octubre pasado. "Quiero aclarar que esto no acepta un descargo por presunta inconstitucionalidad y que fue dispuesto antes del episodio de Baradero", explicó Gigena

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