El juez Calcagno respondió por el caso Díaz

El juez Ricardo Calcagno respondió a las declaraciones del abogado de Miguel Díaz, quien fue embestido por una camioneta el 31 de diciembre de 2007 en la RN40. Afirma que en su juzgado "no existieron" demoras y señala que se desfinculó de la causa hace 14 meses atrás.
El titular del Juzgado de Instrucción en lo Penal 4, Ricardo Calcagno, se refirió a la causa que tramitó en su dependencia y en la que se investigara el accidente ocurrido el 31 de diciembre de 2007 en la Ruta Nacional 40 en el que el chofer de taxi Miguel Díaz sufrió severas lesiones corporales.

Textualmente, desde la Oficina de Prensa del Poder Judicial se transmitieron las palabras del juez Calcagno:

"...Habiendo tomado conocimiento que, por los medios periodísticos locales, un Abogado del foro, responsabiliza al suscripto del tiempo de tramitación del Expte. 061-8-2008, donde se investigara el accidente ocurrido en horas de la mañana del dia 31 de diciembre de 2007 en la Ruta Nacional nro. 40, es que considero oportuno realizar algunas salvedades que al parecer fueron pasadas por alto por los medios de comunicación, o bien, o la fuente de información ignora los datos que a continuacion se detalla.

En primer lugar, la última intervención del suscripto en los autos de referencia fue el dia 11 de mayo del año 2010, es decir, 14 meses antes de operar la prescripción a que se hace referencia.-

Durante los meses que durara la intervención del suscripto en el expediente, se llevo adelante la totalidad de la prueba que se colecto en la causa, dado que luego del dia 11 de mayo de 2010, el expediente fue elevado en apelación de la sentencia que dictara en fecha 8 de marzo de 2010, lugar donde permaneció hasta mediados del mes de febrero de 2011, que no pueden ser imputados a la instruccion y durante los cuales se desconoce si el querellante presento algún pedido de pronto despacho.-

La prueba colectada en este Tribunal a mi cargo, -reitero la única que fuera llevada adelante en el expediente-, consistió en: una peritación accidentológica, 16 audiencias y una peritación física del accidente, la cual fuera solicitada por el agente fiscal y que tardara casi un año en su realización, tiempo este que fue aprovechado por el querellante para solicitar la vista de la causa por parte del Juzgado Civil.-

Otras tareas llevadas adelante por el Tribunal en el periodo de tiempo referenciado, fueron el libramiento de 7 exhortos, 3 resoluciones y mas de 15 proveídos y 20 cédulas, destacándose que en ese tiempo el expediente tambien permaneció mas de 45 días en poder del agente fiscal para evacuar 2 vistas que se le confirieran.-

En otras palabras, no existieron, al menos en el Tribunal a cargo del suscripto, las demoras a que se hace referencia en los medios de comunicación, mas que la estrictamente necesaria para llevar adelante las medidas de prueba ordenadas por el Tribunal y la que solicitada el agente fiscal, titular de la accion pública..."-

Dr. Ricardo Calcagno

Juez de Instrucción en lo Penal Nro.4

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