Juez admite "presión" para detener a Freydoz

Chirinos dice que tanto dentro como fuera del Poder Judicial "sistemáticamente" le preguntan "por qué no le ordena la prisión preventiva" a la viuda de Carlos Soria. En una entrevista con "Río Negro" expuso los fundamentos centrales de su decisión de mantenerla en libertad.
El juez Juan Pablo Chirinos siente "presión interna y externa" para ordenar la detención de Susana Freydoz, la viuda del gobernador Carlos Soria, imputada por el homicidio del funcionario. No da nombres, pero afirma que muchos empleados de Tribunales, sus pares de otros juzgados y hasta funcionarios judiciales de mayor jerarquía lo abordan "para saber cómo está la causa" y piden justificaciones a su decisión de mantener a la mujer en libertad (aunque con custodia policial) en la casa de una hermana, en Allen. "Recibo sistemáticamente preguntas de por qué no la detengo", afirma.

Pese a eso, Chirinos aseguró ayer en diálogo con "Río Negro" que mantendrá su decisión. "Para mí sería muy fácil dictar la preventiva o una prisión domiciliaria, pero mis convicciones jurídicas me indican otra cosa, y las convicciones de uno se ponen a prueba justamente en los casos difíciles", indicó.

El magistrado subroga en el cargo de juez de instrucción. Su rol natural es el de juez de ejecución penal, es decir, quien tiene a su cargo el seguimiento del cumplimiento de la pena de personas que ya están condenadas y quien debe definir el otorgamiento de salidas transitorias, laborales, semilibertades y condicionales. Es un cargo que asume con fuerte orientación garantista, más volcado a liberar que a encarcelar.

"Llevo unos cinco meses subrogando distintos juzgados como juez de instrucción y en este tiempo solamente he dictado cinco prisiones preventivas. En todos los casos son situaciones donde claramente hay peligro de fuga, de entorpecimiento de la investigación por parte del imputado, hasta de eliminación de testigos... Yo investigo para detener, no detengo para después investigar", afirmó.

Distinta hubiera sido la situación de Freydoz si el primer juez que intervino en la causa, Emilio Stadler, hubiera ordenado su detención en las casi 20 horas que estuvo a cargo de la investigación. Pero no lo hizo por el delicado estado que presentaba la mujer, con riesgo potencial de suicidio, según dictaminó el primer médico forense que la examinó, Ismael Hamdan, a seis horas de ocurrido el hecho.

El Código Procesal Penal rionegrino obliga a los "funcionarios y auxiliares de la policía" a detener a una persona, "aun sin orden judicial", cuando esta "sea sorprendida en flagrancia en la comisión de un delito de acción pública reprimido con pena privativa de la libertad". Y define como flagrancia "cuando el autor del hecho es sorprendido en el momento de cometerlo o inmediatamente después". "Lo normal es que hubiera llegado detenida", pero esa decisión basada en la flagrancia, explicó Chirinos, sólo puede tomarse en los primeros minutos de la intervención policial o judicial.

"A los empleados más viejos, que llevan años trabajando bajo los parámetros de un Código Procesal inquisitivo, obsoleto, les parece un sacrilegio que Freydoz permanezca en libertad. Y a muchos de mis colegas también. Sobre todo temen que se siente un precedente. También es un tema generacional, porque antes la preventiva era automática si el delito que se imputaba no era excarcelable", indicó Chirinos. Sin embargo, reiteró que la jurisprudencia vinculante de los organismos internacionales y del Superior Tribunal de Justicia de la provincia sólo admiten ahora la prisión preventiva como último recurso a utilizar para garantizar el éxito de una investigación.

"Pedir la preventiva como castigo para una persona que aún no fue siquiera indagada es un error conceptual. El único objetivo de la preventiva es garantizar que se pueda hacer el juicio", aseguró.

Por otra parte, a quienes esperan la detención por la repercusión social del caso, dijo que "La Corte Interamericana (de Derechos Humanos) tiene dicho expresamente que la conmoción social no debe tenerse en cuenta como parámetro para la preventiva".

En el caso particular de Freydoz, valoró por un lado el cuadro de salud mental que presenta la imputada y por el otro el prácticamente nulo riesgo de fuga. "Ella y su familia son personas públicas, conocidas. Si quisiera irse de la zona la reconocen en diez minutos, en cualquier estación de servicios donde paren a cargar nafta. Está socialmente controlada", graficó. También sostuvo que el hospital o un instituto privado de salud mental "no me parecen el lugar más apto" para internarla con custodia, al menos provisoriamente.

Chirinos además respondió a las críticas que generó su "visita" a Freydoz el sábado pasado. Aclaró que fue personalmente a verificar que se mantenga la guardia policial y médica en la casa y a tomar las huellas digitales para la ficha de identificación y la solicitud de antecedentes.

"Pensé que se las habían tomado el mismo día del hecho (a las huellas) pero cuando advertí que no estaban pedí la medida", dijo. También afirmó que "es normal para mí, como juez de ejecución, ir a ver a los internos a la cárcel, pasar a ver si están en sus lugares de trabajo -que los tengo cargados en el GPS- y hasta he ido a golpearle la puerta de la casa si no volvieron de una transitoria".

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