Jueces fallan a favor del CPE contra desalojo de una escuela

Los magistrados de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti denegaron el recurso de casación planteado por un consorcio habitacional.

Cipolletti.- Los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti denegaron el recurso de casación planteado por un consorcio habitacional contra la sentencia que hizo lugar a una apelación del Consejo Provincial de Educación y revocó el fallo que ordenó el desalojo del inmueble donde funciona la Escuela Nº248.

Según constancias judiciales, se trata de la causa caratulada: “Consorcio Habitacional 432 Viviendas contra Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro sobre desalojo, expediente Nº 1267-SC”.

La entidad presentó un recurso extraordinario de casación contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones que resolvió “hacer lugar a la apelación interpuesta por la demandada Consejo Provincial de Educación Río Negro y, en su consecuencia, revocar la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda ordenando el desalojo del inmueble donde funciona la Escuela Nº248”.

Desde el CPE se fundamentó que ejerció de “manera pública, pacífica e ininterrumpida la posesión de las instalaciones con animus domini, que posee todo titular de un bien, haciendo eco de los intereses y necesidades de los propietarios de todas las unidades funcionales que forman el Consorcio respectivo, al poner las instalaciones al servicio de la comunidad toda en distintos aspectos de la vida social”.

También, que cumple tanto con el establecimiento escolar como con las instalaciones adyacentes, y que por ello las estructuras edilicias e inmuebles donde se emplaza la Escuela N° 248 y predios adyacentes “pertenecen al dominio de la provincia de Río Negro, dado que caen dentro del dominio estatal las cosas y bienes destinados tanto al uso directo de la comunidad como así también los que utilizan aquellos de manera indirecta o mediata a través de un servicio público brindado por el Estado, por lo cual integran el concepto de bien de dominio público”. (Fuente ADN)

Comentá la nota