Por vía judicial y legislativa pretenden invalidar el plebiscito en Santa Ana

Desde la defensa de la Intendenta dijeron que -si bien aún no los notificaron oficialmente- saben que el STJ dejó firme el fallo que avala el proceso que derivó en la destitución de la funcionaria. Y aseguraron que la definición de una fecha para la consulta popular sólo es impulsada por una integrante del Concejo.
Mientras en el cuerpo deliberativo tienen previsto analizar en los próximos días en qué fecha podrían convocar a la consulta popular a través de la cual se definiría si la actual Intendenta continuará o no al frente del Municipio de Santa Ana, los asesores legales de la funcionaria anticiparon que aún tienen recursos legales para anular esos comicios que consideran innecesario. Por ello, una vez que sean notificados oficialmente por el Superior Tribunal de Justicia que rechazaron su recurso in extremis - dejando así firme el fallo que avala el juicio político por el cual fue destituida la jefa comunal - acudirán a la Corte Suprema. Y paralelamente, buscarán invalidar esos comicios a través de la Convención que redactará la primera Carta Orgánica de la localidad.

“Nosotros tenemos conocimiento a través del sistema informático que rige para los abogados que el STJ rechazó el recurso in extremis que presentamos para solicitarle que revieran su decisión de avalar el proceso por el cual fue destituida Escalante, pero aún no fuimos notificados oficialmente”, dijeron a El Litoral, desde el estudio jurídico que tiene a cargo la defensa de la Intendenta. Tras lo cual agregaron que “lo que si queremos aclarar es que el Superior no le ordenó al Concejo que fije fecha para el plebiscito, sino que en realidad respondió a un pedido presentado por la viceintendenta y presidenta del cuerpo deliberativo. Ella planteó que como ya habían pasado las otras fechas tentativas que se habían fijado para la consulta popular, era necesario fijar una nueva. A esto, desde el STJ le respondieron que no era su competencia hacer eso, ya que según el artículo 224 de la Constitución es el Concejo quien debe realizar la convocatoria”.

Seguidamente, destacó que más allá de eso, “tenemos previsto intentar anular el plebiscito porque consideramos innecesario que se haga una nueva elección para definir si debe o no seguir Escalante porque para las elecciones del pasado 18 de septiembre ella hizo campaña para que su yerno fuera reelecto como concejal y lo logró con un amplio triunfo”. A esto, según lo señalado por uno de los asesores legales de la Intendenta se sumaría que hacer una elección local implicaría una considerable cantidad de recursos que afectarían a las arcas municipales.

Por esto, anticiparon que buscarán derogar la consulta popular por dos vías. “Por un lado presentaremos un recurso de queja ante la Corte Suprema, apelando así la decisión del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, que avaló el proceso por el cual los concejales supuestamente destituyeron a Escalante”, precisó uno de los abogados, tras lo cual añadió que “paralelamente, como en breve se estaría constituyendo la Convención que redactará la Carta Orgánica Municipal, presentaremos propuestas para modificar el sistema con el cual se definen este tipo de casos para evitar así que se haga un plebiscito que en esta oportunidad será una elección innecesaria y costosa”. Sobre esto, subrayó “la gente ya se expresó el 18 de septiembre”.

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