El Concejo Deliberante aprobó ayer un pedido de informes en el que solicita conocer, en un plazo no mayor a 15 días hábiles, aspectos que tienen que ver con la entrega de 10 camionetas marca Toyota Hilux por parte del municipio capitalino a la Policía de la Provincia.
El proyecto de comunicación presentado por los concejales radicales Federico Pague y Silvia Fedelli, requiere que se informe a cuánto asciende el monto total a ejecutar por la comuna del Fondo de Desarrollo Municipal 2012, ya que los vehículos fueron adquiridos con este capital.
Además, se debe especificar si existe un convenio entre la municipalidad y la Policía de la Provincia que tenga por objeto la entrega y recepción de las camionetas, y la copia del proyecto de inversión elaborado para la utilización de estos fondos para fortalecimiento institucional presentado a la Comisión de Participación Municipal.
Por otra parte, se solicita la copia de los expedientes administrativos que se tramitaron con motivo de la adquisición de los vehículos, como así también si existe un compromiso expreso de la fuerza de seguridad provincial referido a la utilización de estos móviles dentro del ejido municipal y en qué instrumento se plasmó esto. Por último, los concejales quieren saber bajo qué modalidad se hizo entrega de las diez camionetas a la Provincia, y si esta acción se realizó por donación o préstamo de uso. En el caso de que se las haya cedido en préstamo de uso o comodato, se solicita también que se detalle si la policía ha asumido el compromiso relacionado con el seguro, responsabilidad civil exigida por ley.
Por compra directa
En el despacho de comisión se hace hincapié en que en el Boletín Oficial se publica el decreto 231 de fecha 7 de marzo, a través del cual la comuna aprobó la contratación directa de exención por el procedimiento de libre elección por negociación directa con la firma Toyota para la compra 12 camionetas, y se dispuso la entrega de 10 de estos vehículos a la Policía de la Provincia. Éstos fueron adquiridos a través del Fondo de Desarrollo Municipal destinado a financiar gastos de capital (60%) y a fortalecimiento institucional.
También se resalta que la ley especifica que se entiende por gastos de capital todos aquellos que sean destinados a la adquisición o producción de bienes materiales e inmateriales, y a inversiones financieras que incrementen el activo del Estado municipal y sirvan como instrumentos para la producción de bienes y servicios. Por “fortalecimiento institucional de los municipios por descentralización del Estado provincial” se entiende todo gasto que asuma la comuna en organismos que dependan del Estado provincial, y que funcionen en jurisdicción municipal.
Por último, que para el uso del porcentaje establecido en el Artículo 7 de la Ley N° 5174, los municipios deben presentar ante la autoridad de aplicación el proyecto del servicio a descentralizar, con el aval del organismo responsable del mismo.


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