Por la Ley 9870, los municipios dejaron a la Provincia 96 millones el año pasado.
De acuerdo a la Ley 9870 de Edicación, aprobada el 15 de diciembre de 2010, en los artículos 109 y 115, las intendencias deben realizar contribuciones para la educación que recauda la Provincia para destinarlo a la educación, pero constituyen otra quita a la coparticipación que reciben los municipios y comunas.
Otro de los reclamos en la agenda de los intendentes, a tratar próximamente en la Mesa Provincia- Municipios, constituyen los descuentos en materia de coparticipación por seguridad, otro ítem que los jefes municipales se resisten a pagar al entender que en muchos casos son realizados sin consenso.
El artículo 109 habla sobre la garantía presupestaria y expresa que “la Provincia garantiza para el Sistema Educativo Provincial un porcentaje mínimo de recursos en cada ejercicio no inferior al treinta y cinco por ciento (35%) del Presupuesto General anual. Para dar cumplimiento a dicha obligación y a los demás objetivos fijados en la presente ley, el Gobierno de la Provincia de Córdoba asignará los fondos presupuestarios que fueren necesarios, afectando recursos tributarios y/o no tributarios, corrientes y/o extraordinarios, y en su caso, propiciará la creación de tributos (impuestos, tasas retributivas de servicios y/u otros), y/o tomará financiamiento del sistema financiero nacional y/o internacional”.
En tanto, el artículo 115 refiere a la afectación presupuestaria y reza que “hasta tanto se sancione la ley prevista en el artículo 109 de la presente norma, manténgase la afectación de los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal -distribución secundaria Ley Nacional Nº 23.548- a favor del Ministerio de Educación en los mismos términos y condiciones que se establecieran en el artículo 7º de la Ley Nacional Nº 26.075, a los fines de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nacional Nº 26.206 de Educación Nacional. Con el propósito de garantizar la participación de la Provincia en el esfuerzo del financiamiento educativo consolidado a través de la Ley Anual de Presupuesto Provincial, se determinará el monto de esa afectación en función de la variación porcentual del PBI nominal prevista en el marco de la Ley Nacional Nº 25.917 del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, artículo 2º y/o demás variables macrofiscales de similar significación”.
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