Un grupo de mandatarios, encabezados por Jure y Accastello, realizan gestiones para frenar los fallos en contra que ordenan devolver los fondos; además, diseñan un mecanismo legal para seguir cobrando
Por eso, los intendentes de las localidades más importantes que estaban implementando el “impuesto a la valija” comenzaron a reunirse para tratar no sólo de revertir la catarata de fallos en contra que se avecina sino, además, para buscar una forma jurídica que les permita seguir percibiendo los fondos millonarios que llegó a significar esa tasa.
El controvertido tributo se cobra entre las empresas que no tienen sede en la ciudad pero que sí comercializan sus productos. Por ejemplo, los laboratorios, los fabricantes de autos, las gaseosas, entre otros. Desde 1996, Río Cuarto comenzó a cobrarles no sólo a los comercios que venden esos productos sino, además, directamente a los fabricantes, que fueron a la Justicia porque consideran que se trata de una doble tributación.
Ahora, se inició una movida encabezada por el intendente Juan Jure y su par de Villa María, Eduardo Accastello, dos mandatarios que tienen razones sobradas para preocuparse. Es que serían los más perjudicados por el fallo que obliga a devolver los fondos cobrados porque han percibido decenas de millones de pesos a grandes empresas nacionales e internacionales.
Hoy, además de Río Cuarto y Villa María, los municipios más importantes de la provincia están cobrando el impuesto a la valija. Incluso, Córdoba capital ha recibido fallos adversos en los últimos meses.
En el caso de Jure, si bien casi no cobró deudas por esa tasa, sí se vería afectado si debe comenzar a devolver lo que cobraron Benigno Rins en un 60 por ciento y Alberto Cantero casi en un 40 por ciento.
Las devoluciones
Lo que más preocupó a los mandatarios fue el fallo en contra de la Municipalidad de Río Cuarto que el Tribunal Superior emitió en marzo de este año. El máximo órgano judicial cordobés firmó una sentencia en la causa que Syngenta Agro S.A. presentó contra la Municipalidad de Río Cuarto y anuló las determinaciones de deuda que el Estado local le había fijado a la empresa. Sin embargo, lo que generó más preocupación es que además los jueces le ordenaron al Municipio devolver el dinero que le cobró a la productora de semillas entre 1994 y 1998.
En su sentencia, el Tribunal Superior además decidió que la devolución se hiciera rápidamente: según esa definición, las partidas para pagarle a Syngenta debían ser incluidas en el Presupuesto 2011 y el trámite no debía tardar más de 20 días hábiles.
La estrategia que están diseñando los intendentes apunta en dos direcciones. Por un lado, el político. Con los contactos a nivel nacional que tiene Accastello, los mandatarios están tratando de buscar una solución consensuada que frene los fallos en contra. En este caso, también habría presentaciones conjuntas de los gobiernos para reclamarle a la Corte Suprema que revise su posición en contra del impuesto a la valija, principalmente con respecto a la obligación de devolver lo que ya se cobró.
Pero, además, los intendentes están definiendo una estrategia jurídica, una manera legal de reflotar el “impuesto a la valija” sin correr el riesgo de que vuelva a ser desestimado en el poder judicial.
La principal posibilidad es que se deje de lado la figura de “tasa”, que se ha aplicado desde 1996. Ese fue el principal inconveniente en la Justicia. Porque la “tasa” requiere de manera indispensable la contraprestación de un servicio; por ejemplo, la principal contribución que cobran los municipios y que es el Alumbrado, Barrido y Limpieza.
Como en este caso las empresas con sede fuera de las ciudades no reciben una contraprestación específica, la Corte Suprema entendió que es inconstitucional. Por eso, los municipios comenzarían a cobrar directamente un impuesto por las operaciones comerciales en la ciudad y dejarían de lado la figura legal que vienen usando hasta ahora.
El fallo que preocupó
l En marzo de este año, el Tribunal Superior de Justicia, que había avalado el “impuesto a la valija”, acató el criterio de la Corte Suprema y declaró nulas las determinaciones de deuda que Río Cuarto le había fijado a la empresa Syngenta Agro S.A.
l Además, el Tribunal Superior de la Provincia le ordenó a la Municipalidad que le devolviera a la firma los montos que le cobró entre 1994 y 1998. Según esa sentencia, Río Cuarto tenía 20 días hábiles para efectivizar la devolución.


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