EL INTENDENTE FZ NO SERÁ INTERPELADO

Utilizando la mayoría que tiene en el seno del Honorable Concejo Deliberante, la Unión Cívica Radical logró frenar hoy un proyecto de decreto presentado por los bloque de la oposición para interpelar al intendente Fabián Zorzano sobre la faena de un animal y su posible traslado con un vehículo de propiedad municipal y por la utilización de un vehículo comunal para realizar actividades diferentes a las relacionadas con la función pública que ejerce el subdelegado.
Las bancadas del Frente para la Victoria – PJ y de Pro Peronista pidieron que se explique “los fundamentos que llevaron a concluir el expediente número 41/2011 de “Investigación Presumarial – Decreto del P.E.M. Nro. 0012/11”.

Pidieron que se brinda la razón que “lo llevaron (a Zorzano) a no considerar los dicho del Subdelegado Rivera cuando expresa que se le “puede ver en una carnicería, generalmente por la tarde, bajando carne para mi consumo personal, a fin de que el carnicero realice los cortes necesarios y la picada de carne, dado que no poseo maquina para hacerlo” (sic) siendo que dicha conducta implica la comisión de infracciones, que en caso de que ocurriera en presencia de un funcionario público tendría la obligación de denunciarlas.”

También querían saber el motivo “por el que no tomó ninguna medida disciplinaria contra el Subdelegado Rivera a pesar de haber reconocido en su declaración la utilización de un vehículo de propiedad municipal para un fin distinto al de la función pública que realiza”.

LA DORREGO publica los fundamentos del proyecto que se debatirá en las próximas horas:

“Que por decreto 0012/11 el Señor Intendente Municipal ordena la instrucción de una Investigación presumarial a fin de determinar eventual responsabilidad disciplinaria, según se expresa en el mismo.-

“Que en el marco de dicho expediente se investigaron dos actuaciones realizadas por el señor subdelegado de la localidad de Marisol Jorge Luis Rivera.-

“Que en la actuación correspondía investigar lo relacionado a la faena de un animal y su posible traslado con un vehículo de propiedad municipal; y por otra parte, la utilización de un vehiculo municipal para realizar actividad diferentes a las relacionadas con la función pública que ejerce el subdelegado, como fue la realización de tareas propias del Censo Nacional 2010.-

“Que con relación a la faena el delegado en su declaración de fecha 12 de Enero de 2011 y que corre agregada a fojas 49/50 vta. del expediente de referencia, manifestó “Nunca utilice un vehículo municipal para tal fin. Desconozco el argumento de las manifestaciones del concejal. Aclaro que poseo un Jeep color azul similar al de propiedad de la municipalidad que utilizan los guardavidas de Marisol. Tal vez la confusión del concejal se deba a ello. Asimismo deseo manifestar que también que en varias oportunidades se me puede ver en una carnicería, generalmente por la tarde, bajando carne para mi consumo personal, a fin de que el carnicero realice los cortes necesarios y la picada de carne, dado que no poseo maquina para hacerlo” sic.- En su declaración, el Subdelegado Rivera, reconoce la comisión de varias infracciones de carácter bromatológico.-

“Que por la utilización del vehiculo municipal para realizar actividades propias del censo el mismo funcionario, en dicha declaración, afirma haber realizado un descargo ante la Secretaria de Gobierno y Hacienda Dra. Graciela Ayastuy de Migo.- En el descargo expresa “… con el fin de aclarar el motivo por el cual utilicé el día del Censo Nacional la camioneta marca Saveiro, que tengo asignada a la subdelegación de Marisol”sic. Al final de la nota aclara “Permanecí en la Escuela hasta las 18 hs. y luego regresé a Oriente. Aclaro que la camioneta no fue usada para llevar censistas, ni salió del patio de la Escuela hasta las 18 hs. cuando regresé a Oriente” sic.-

“Que de sus manifestaciones surge claramente la utilización de la camioneta marca Saveiro destinada a la subdelegación de Marisol para un uso distinto de las tareas propias que se ejercen en dicha dependencia municipal.-

“Por último, el Señor Intendente Municipal, por decreto del Poder Ejecutivo Municipal n° 0618/11, concluye las Actuaciones de la Investigación presumarial ordenadas por el decreto 0012/11.- Que por el mismo no se dictó apercibimiento ni sanción alguna pese a existir reconocimiento expreso por parte del Agente Municipal de acciones de por si reprochables administrativamente.-

“Que haciendo uso de facultades que son propias de este Honorable Concejo Deliberante, de acuerdo a lo establecido en los artículos 93, 94 y 95 del Reglamento Interno del cuerpo y el artículo 108 inciso 7 de la Ley Orgánica de las Municipalidades número 6.769, dan fundamento a la presente convocatoria.”

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