Inmobiliarios no quieren que trabajen de corredores quienes no poseen título

Inmobiliarios no quieren que trabajen de corredores quienes no poseen título
El Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos expresó su preocupación por la reforma del código civil y comercial. Piden que se revise el texto del proyecto legislativo. Enviaron sus inquietudes al Congreso Nacional.
El Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos expresó su preocupación ante algunos conceptos incluidos en el proyecto de unificación de los códigos Civil y Comercial que se trata en el Congreso de la Nación. Por ello, hicieron llegar su inquietud a través del diputado nacional, Julio Solanas.

En ese sentido, el legislador entrerriano cursó a la comisión bicameral mixta el pedido de revisión del texto del citado proyecto. Uno de los conceptos cuestionados es el que reconoce a “corredores no inscriptos” lo que “a la luz de la nueva legislación quien no estuviere inscripto de ninguna manera puede actuar como corredor”. Al respecto, el Colegio de Corredores Inmobiliarios recordó que "para actuar como tal se requiere tener Titulo Universitario y Matrícula habilitante otorgada por el organismo competente".

Asimismo, mediante un comunicado enviado a INFORME DIGITAL, desde la institución se "destaca la vigencia de la ley 25028 regulatoria de la Actividad de los Martilleros y Corredores, desde 1999, la cual propicia un nuevo orden jurídico para este tipo de actividades, y la ley provincial 9398 del año 2002, que crea el Colegio de Corredores Públicos de la Provincia De Entre Ríos".

En tanto, otro de los concepto objetados del proyecto está incluido en su artículo 1346, in fine, que establece que “pueden actuar como corredores personas humanas o jurídicas”. Sobre ello, los inmobiiliarios entrerrianos sostienen que "en realidad la matrícula sólo se otorga a personas físicas, toda vez que son las únicas que pueden reunir las calidades que en cada caso requieren los Colegios respectivos. Se precisa que la matrícula es personalísima”.

Por otra parte, el Colegio de Corredores Inmobiliarios También cuestionó el uso del término “comisión”. En esa línea, señalaron que "a la luz de la nueva legislación, el concepto es ¿remuneración' como sinónimo de honorarios lo que perciben los Profesionales Universitarios en contraprestación de sus servicios".

Comentá la nota