Inmobiliario Rural: el gobierno condonó multas y prorrogó el pago

Mediante el Decreto 1496/12, el gobierno condonó las multas por omisión y dispuso el 24 de mayo como nueva fecha de pago para los propietarios rurales. La medida se concretó tras el rechazo judicial al amparo promovido por productores
A raíz del fallo de la Cámara en lo Civil Comercial y Laboral de Gualeguaychú, mediante el Decreto 1496/12 se establecen facilidades para regularizar la situación de quienes hubieran decidido no pagar hasta la resolución del cuestionamiento judicial los nuevos valores de los campos.

El artículo 1° establece que el pago podrá efectuarse “hasta el 24 de mayo de 2012, gozando de una condonación de las multas por omisión que se hubiesen devengado por la falta de pago en término”.

Para el caso de los contribuyentes que deseen pagar con la modalidad de pago único anual, el artículo 2° de la norma indica que hasta el 24 de mayo de 2012 “se aplicará un descuento del cinco por ciento y se condonarán los intereses establecidos en Artículo 85° del Código Fiscal devengados por la falta de pago dentro de los vencimientos fijados, además de las multas por omisión, conforme lo previsto por el Artículo 1º del presente Decreto”.

La nueva fecha de vencimiento con la condonación de la multa (no así de los intereses) ya se ha computado electrónicamente al igual que el eventual descuento por pago único anual. Por tanto los contribuyentes deberán dirigirse a las sedes bancarias o utilizar los sistemas de pago electrónico.

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