Manuel Aarón Bilman, dueño del frigorífico "La Barraca", fue sometido ayer a la primera audiencia que se sustancia para comprobar la presunta comisión del delito de contaminación ambiental. El Tribunal desestimó una serie de pruebas a pedido de la defensa. El empresario defendió el tratamiento de los desechos que realizaba su industria.
Durante el desarrollo de la jornada, se produjo la declaración del imputado, quien cargó contra la realización de las pericias respectivas que detectaron, en su momento, la presencia de material orgánico en descomposición que era volcado al curso de agua. Además, Bilman detalló el proceso que se lleva adelante para el tratamiento de los residuos provenientes del faenado animal que se realizaba en el frigorífico en cuestión.
En razón de ello, y a solicitud de la parte defensora conducida por Próspero Barrionuevo (h), el Tribunal Oral Federal compuesto por María Alicia Noli (presidente), Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas, desestimó como instancia probatoria una pericia concretada por la Policía Ecológica, ya que la misma se habría producido sin la participación del juez obrante en ese momento (Mario Racedo) como así también bajo el desconocimiento del acusado.
La decisión de los magistrados tuvo su fundamento en que, anteriormente, la Cámara Federal Penal de la Provincia había declarado nula esta actuación pericial, en razón de que se avasallaba el derecho a defensa. Seguidamente, Barrionuevo solicitó también la nulidad de las pruebas ejecutadas por Policía Científica de Gendarmería nacional, al alegar que las muestras fueron tomadas en lugares diferentes a lo establecido por la orden judicial y que no se habría respetado la cadena de frío para la conservación de las muestras.
En este caso, el TOF decidió que el material probatorio resulta útil para el debate, por lo que se reservó un pronunciamiento al concluir el mismo. Por esta razón, el lunes brindarán testimonio mediante videoconferencia desde Bariloche los efectivos que realizaron las pruebas aludidas con el objeto de conocer los detalles sobre la metodología con la que se llevó a cabo el procedimiento cuestionado desde la defensa.
En lo que respecta a la declaración de Bilman, la misma estuvo orientada a señalar que resulta difícil de constatar que los residuos detectados correspondan al frigorífico de su propiedad, puesto que debe tenerse en cuenta que por los conductos por donde circulan los líquidos contaminantes también se suman aquellos desperdicios correspondientes a dos frigoríficos y una avícola que vuelcan sus efluentes en esa red central.
Al destacar que los desechos (en total 1.200 litros diarios de sangre y lo que se denomina material "verde", es decir, aquello ingerido por el animal y que se encontraba en su estómago al momento de la faena) recibían un "tratamiento perfecto", sostuvo que anteriormente a que se hiciera cargo del frigorífico, no exisitió "ningún tipo de preservación de la higiene, era lo que se llamaba un 'colgadero', por lo que a lo largo de un año y medio le hice todo un sistema para el tratamiento de efluentes", sostuvo.
Precisó al respecto que los desechos confluyen en una cámara de decantación y de esa forma separar los restos sólidos de los líquidos. Relató, a su vez, que el agua resultante de este proceso converge en otra cámara donde se procede a la cloración como una forma de tratamiento.
Sin laguna de tratamiento
En paralelo, Bilman indicó que en el terreno lindante a su propiedad y sobre las cloacas allí dispuestas se instalaron casas precarias (cerca de 30) cuyas familias depositaron sus propios desechos en los conductos del agua, que terminan desembocando, de acuerdo a su relato, a dos kilómetros en el desagüe del Ingenio Concepción.
Al hacer mención a las muestras recolectadas por las autoridades, el empresario sostuvo que de las tres acciones probatorias, una fue tomada en el terreno lindero "donde el caudal viene de otros frigoríficos (Fidenza y La Barraca Cerviño) como así también de una avícola (Santa Ana), esto no es válido porque ese material tiene contacto directo con la red principal. Es decir, mientras dos muestras se tomaron antes del proceso de decantación, la restante en el terreno vecino, siendo que el muestreo fue de agua estancada", aseveró.
Vale recordar que Bilman se encuentra procesado por ser considerado presunto autor, penalmente responsable, del delito de contaminación ambiental con riesgo para la salud pública, previsto y penado por los artículos 55 y 57 de la Ley Nacional 24.051 (de Residuos Peligrosos). El primero de los artículo prevé penas de 3 a 10 años de prisión a aquel que "envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, la atmósfera o el ambiente en general". Además, establece que si esa contaminación "fuera seguida de la muerte de alguna persona, la pena será de 10 a 24 años de reclusión o prisión".
Lo que sí reconoció Bilman, ante una requisitoria del fiscal Leopoldo Peralta Ramos, es la inexistencia de una laguna de tratamiento en el lugar, puesto que, a su criterio, significaba un problema de seguridad ya que al predio en cuestión ingresaban personas y niños. "¿Qué pasaba si los chicos caían a la laguna y morían ahogados, quién sería el culpable?", se preguntó.
Finalmente, y relacionado con los controles preventivos que se impusieron al frigorífico para garantizar su funcionamiento, Bilman indicó que "todos los meses inspeccionaban la Secretaría de Agricultura y el SIPROSA y nunca hubo una advertencia porque los análisis que se hacían nos daban perfecto", adujo.
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