Los concejales Carlos Zapata (Salta Somos Todos) y Aroldo Tonini (Salta Federal) por una parte, además del bloque de concejales del Frente Salteño, solicitaron formalmente ayer al intendente municipal Miguel Isa el veto y en otro la observación, de la Ordenanza sancionada por el Concejo ...
Ambas presentaciones difieren levemente en los términos, ambas presentaciones apuntan a que la norma sancionada carece, según el bloque de concejales del Frente Salteño que votó en contra de la norma “de los requisitos obligatorios y objetivos mínimos exigidos por la legislación vigente en nuestro sistema legal para poder tener efectos jurídico, habiéndose configurado una severa violación a las Ordenanzas N° 9059/99 y 12.316/04”.
Para los concejales Zapata y Tonini “resulta claro que la sanción de la Ordenanza tramitada por el expediente 135-3122/12, está viciada de nulidad debido a la inobservancia de lo dispuesto en los artículos 2°) inciso b) y c) y 5° de la Ordenanza 21.316”.
Competencias
En ambas presentaciones se le advierte sin embargo al jefe comunal que la solicitud que se le formula no pretende invadir competencias que le son propias, ni inducirlo a un comportamiento contrario a su voluntad, pero que en orden a las razones esgrimidas solicitan analice la posibilidad del veto por varias razones técnicas y legales.
Describen que la Ordenanza 12316 del 2004 fue dictada con el objeto de adecuar el mecanismo de designación de las calles, pasajes, avenidas y autopistas. El artículo primero de esa norma creó una Comisión Técnica Ad Hoc de asesoramiento integrada por seis miembros, que funciona en el ámbito de la Comisión de Tránsito y Transporte y que los dictámenes y/u opiniones de esta comisión no tendrán carácter vinculante.”
El artículo 2° inciso a) establece el procedimiento para el sistema de selección de nombres de calles, pasajes, avenidas y autopistas a través de propuestas de los vecinos, Instituciones intermedias u organizaciones no gubernamentales (O.N.G) o gubernamentales, el Ejecutivo Municipal y los concejales. El inciso b) prescribe que la propuesta será puesta a consideración de la Comisión de Tránsito y Transporte, debiendo requerir opinión a la comisión Técnica de Asesoramiento que tendrá un plazo de diez (10) días hábiles para expedirse sobre los asuntos consultados.
Asimismo se requerirá al Area de Planificación Urbana Municipal, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de la Ciudad de Salta elabore su respectivo dictamen, debiendo efectuar la correspondiente evaluación técnica garantizando la concordancia con la trama urbana existente y los principios del Plan Integral de Desarrollo Urbano Ambiental (P.I.D.U.A).


Comentá la nota