Infracción por ejercer caza ilegal de ñandúes

En el marco de las operatividades desplegadas por las distintas dependencias policiales del ámbito de responsabilidad de esta Jefatura de Policia Comunal, en la prevención de delitos y faltas de todas sus modalidades, y especialmente de “abigeato”.
Producto de una diagramación operativa desarrollada por la Patrulla Rural Tornquist y los Puestos de Vigilancia de Chasico y Nueva Roma, en el día de la fecha, siendo las 9,15 horas, en un camino vecinal ubicado en el Cuartel IV, y que corresponde al ámbito territorial de Berraondo, Partido de Tornquist, efectivos policiales de éstos elementos policiales visualizan en el interior de un establecimiento rural a seis personas ejerciendo la caza de ñandúes, motivando ello la interceptación de estos, los cuales son identificados como TROSCHASKY FABRICIO LISANDRO, de 35 años, MAURICIO ROBERTO PAVES, de 21 años, SERGIO DANIEL AGUILA, de 28 años, HORACIO JAVIER AGUILA, de 27 años, y ADRIAN FERNANDO AGUILA, de 34 años, y MAURO AGUILA, de 27 años, todos con domicilio en la ciudad de Bahía Blanca, quienes habían alojado en el interior de dos mochilas tres ñandúes obtenidos producto de la caza con once canes “galgos” propiedad de los nombrados.

Que estos habían concurrido al lugar en un automotor marca Ford Taunus dominio TVW443, color blanco, propiedad de FABRICIO TROSCHASKY y en otro rodado marca Peugeot 504, color rojo, dominio RRZ832 propiedad de SERGIO AGUILA, trasladando, para el ejercicio de caza, once canes “galgos” de distintas edades y pelajes. Tras carecer los nombrados de licencia de caza, autorización escrita del propietario del establecimiento rural, y que ejercían la misma utilizando galgos y mediante la formación de cuadrilla a pie, fueron conducidos a esta Estación de Policia Comunal, iniciándoseles sumario contravencional por INFRACCION a los ARTICULOS 73 y 277 de la LEY 10.081, procediéndose al secuestro de los 3 ñandúes, tres cuchillos utilizados para su faena, y de dos mochillas utilizadas para el alojamiento de las piezas obtenidas en la caza.- En relación a los automotores utilizados, tras determinar que ambos propietarios carecían de licencias de conducir, constancia de seguro obligatorio, etc., se procedió a la retención preventiva de ambos automotores, labrándose acta respectiva por infracción a la Ley de Transito 24.449.-

Que todos los infractores, tras culminar las diligencias pertinentes y determinar que no registraban pedidos de captura y/o paradero, recuperaron la libertad del asiento de esta Dependencia Policial.

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