Impulsarán un juicio político contra el Defensor del Pueblo

Las expresiones del Defensor del Pueblo, Alvaro Ulloa, respecto a que quienes fueron sancionados por carecer de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) no deben abonar las multas y sólo hacer descargos provocó revuelo y confusión en los automovilistas.
Tal situación en el análisis del concejal Raúl Medina (FS), vicepresidente primero del Concejo Deliberante capitalino, se traduce tácitamente en una invitación a la rebelión de los contribuyentes, por lo que anticipó a un medio radial que solicitará juicio político contra Ulloa.

Sostuvo que el Defensor del Pueblo se confundió al sostener que no se adhirió a los decretos reglamentarios de la Ley Nacional de Tránsito. "Queremos el juicio político para que explique al Concejo Deliberante su postura", afirmó Medina. Sostuvo asimismo que cuando Salta adhirió a la Ley Nacional de Tránsito, adhirió también a los decretos reglamentarios.

Al término de la reunión que hubo ayer en el Concejo Deliberante del que participaron funcionarios provinciales, municipales, el Defensor del Pueblo y los ediles, afirmó que "todos coincidimos que el tema de la RTO es una cuestión de seguridad y hay que cumplirla".

Acta en el CD

Durante el encuentro de ayer que se efectuó en el Concejo Deliberante se confeccionó un acta luego del análisis de la legislación vigente y los instrumentos legales de RTO, en el que se deja establecida como fundamentos claros de las sanciones por incumplimiento del mismo, la adhesión a la Ley Nacional Nº 24449, sus modificatorias y reglamentaciones, como sistema integral de tránsito a nivel país, la que en su artículo 34 legisla la exigencia de la RTO para la circulación de los vehículos automotores; que, así mismo, en su artículo 77 inc x) determina que la falta de RTO constituye una falta grave definiendo como tal "la conducción de un vehículo careciendo del comprobante que acredite la realización de aprobación de la RTO".

Que por Ordenanza Nº 13589 el Municipio de la Ciudad de Salta adhiere a la mencionada Ley Nº 24449 y modificatorias. Que en su artículo 2º refiere a la vigencia de la Ley y su ámbito de aplicación respecto de la misma y sus normas reglamentarias como parte integrante de la normativa.

La presidente de la Comisión de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, la concejal Zulma Pedraza (FPMMS), sostuvo que fue una reunión productiva "por cuanto creo que lo que buscábamos era tener un criterio uniforme en relación a la RTO, lo hemos encontrado en la misma normativa a la que estamos adheridos, la que establece como infracción o falta grave la falta de la RTO, por otro lado la misma normativa nos dice que estamos adheridos a las reglamentaciones de esas leyes.

Esto nos muestra claramente que los ciudadanos están obligados a exhibir el comprobante de RTO en sus vehículos y en caso de no tenerlo son pasibles de una multa".

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