Impulsan cambios en la Ley de Obras Públicas

Impulsan cambios en la Ley de Obras Públicas
| La Cámara Tucumana de la Construcción adelantó que evalúa con el Ejecutivo la actualización de las normas provinciales para la contratación de servicios o emprendimientos, con la finalidad de dar más beneficios a empresas radicadas en Tucumán. Las ideas reactualizan el debate acerca de la preeminencia de la adjudicación directa sobre la la licitación pública.
Primero fueron decenas de miles; luego, cientos de miles y así fue creciendo hasta ahora, con decenas de millones de pesos. La priorización del mecanismo de la contratación directa por sobre el llamado a licitación pública de oferentes se ha transformado en una cuestión recurrente durante la gestión de José Alperovich, que se extendió al resto de las administraciones estatales de la Provincia, y se reproduce sin cesar en municipios y comunas.

Sólo en los últimos 60 días se conocieron tres disposiciones legales que habilitan a realizar contrataciones directas, obviando el sistema constitucional de la compulsa de ofertas por licitación abierta y pública, establecido como regla desde 1907 (ver "La Constitución tucumana..."). Una fue la Ley 8.305, que facultó a la Dirección Provincial de Vialidad a gastar hasta $ 20 millones tras un simple cotejo de precios, para la adquisición de maquinaria pesada. Luego, durante la última semana de julio, tanto el Concejo Deliberante de Las Talitas como el de la Capital, autorizaron a sus respectivos intendentes (Luis Morghenstein y Domingo Amaya) a contratar obras o servicios sin licitación por $ 400.000 y por $ 180.000, respectivamente.

Ahora se sumó una nueva piedra en el camino de la excepción. Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 12/3, la Provincia impulsa la realización de obras públicas en los municipios por $ 60 millones, aportados por el Fondo Federal Solidario (constituido por las retenciones a la exportación de las oleaginosas). En el artículo 4 de la norma se dispone que los trabajos podrán hacerse por administración o mediante terceros. En este caso, "los organismos ejecutores quedan facultados a contratar en forma directa", según la norma.

Desde el oficialismo, la justificación se reitera ante cada crítica que se le realiza: se opta por esta herramienta para acelerar los plazos en razón de la urgencia y de la importancia de los proyectos presentados, siempre en beneficio de la sociedad. Por el contrario, se caracteriza al procedimiento de la licitación como tortuosamente lento, y lleno de impugnaciones.

LA GACETA relevó las opiniones de seis entidades acerca de cuál es el mecanismo que debe usar el Estado en sus contratos: la opinión es unánime. Los referentes de los colegios de Abogados (de la capital) y de Graduados en Ciencias Económicas; las Cámaras Argentina y Tucumana de la Construcción; la Federación Económica de Tucumán y la Fundación del Tucumán coinciden en que la licitación garantiza la transparencia y permite controlar el proceso de adjudicación.

26 años después

Mientras se avanza en el trámite parlamentario del Decreto de Necesidad y Urgencia, la Cámara Tucumana de la Construcción consignó que en el Ministerio de Economía está en pleno funcionamiento una comisión especial creada para actualizar la Ley de Obras Públicas, Nº 5.854, sancionada el 29 de diciembre de 1986 pero con numerosos cambios en su articulado desde entonces.

Entre las ideas que se evalúan, se mantiene la priorización de la licitación como primera opción para toda contratación estatal (no podría ser de otra manera por imposición de la Carta Magna), aunque se modifica la forma de evaluación de las propuestas económicas. La referencia ya no sería el cálculo del presupuesto oficial sino un promedio entre este y todas las ofertas que se realicen, dejando de lado las que se alejen en demasía del monto previsto, sea por más o por menos.

Asimismo, a impulso de la central empresaria, se buscará priorizar la intervención de empresas locales, con un piso del 30% de cada obra en forma directa o a través de subcontrataciones si resulta adjudicada a una firma foránea. De esta forma, se generalizaría el mecanismo implementado en el megabarrio Lomas de Tafí en junio de 2005, en el que se impuso la obligación de las adjudicatarias de ceder un tercio de las obras a favor de empresas chicas.

Comentá la nota