El PE impulsa reformas sobre el pago de los bonos profesionales

Una medida que favorecería a los abogados.
De manera inesperada, el gobernador, José Alperovich, decidió modificar las leyes 5.233, 6.023 y 6.059, referidas al ejercicio de la profesión de abogado y procurador y su régimen previsional. El proyecto del Poder Ejecutivo está presto a ser remitido a la Legislatura para que sea tratado. Lo sorpresivo de la iniciativa es que el PE vuelve atrás con aspectos reglamentarios que generaron un conflicto entre el Gobierno y el Colegio de Abogados en 2007 y en 2008.

El centro de la polémica fueron los bonos profesionales que antes de la ley 7.993 (que modificó aquellas) eran pagados por los abogados al comenzar un proceso judicial (si se trataban de personas de escasos recursos, estas eran atendidas por medio del consultorio gratuito del Colegio de Abogados, con los ingresos de la institución). Con la modificación impuesta por el Gobierno en diciembre de 2007, los bonos deben ser pagados en el momento anterior al dictado de la sentencia.

En esa ocasión, el Colegio de Abogados, a través del entonces presidente Antonio Bustamante, había apuntado críticamente contra los legisladores oficialistas que avalaron la propuesta. "Se encarecerá el servicio de Justicia, con esta maniobra se busca afectar la economía de la institución", había señalado en un duro cruce con el ministro de Gobierno, Edmundo Jiménez, que había dudado de la legalidad de la percepción de los bonos. "El sistema de cobro encarece el acceso a la Justicia, no existe ninguna disposición legal que establezca su cobro. Se perciben sin ninguna razón", argumentaba el funcionario del Poder Ejecutivo.

Nuevos incisos y artículos

En el proyecto del Ejecutivo se justifica la modificación de las leyes. Textualmente apunta: "si bien las reformas introducidas (por la ley 7.993) tuvieron como objeto brindar plena accesibilidad a la Justicia y mayor celeridad en la tramitación de las causas judiciales, los colegios que agrupan a los profesionales (abogados y procuradores), así como la Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de Tucumán, manifestaron de diversos modos su desacuerdo con las reforma introducidas a la legislación que regula la materia".

La iniciativa modifica varios artículos de las leyes 5.233, 6.023, y 6.059. Entre ellos el artículo 60, inciso 5, que quedará redactado: "los bonos profesionales en concepto de patente, cuyo importe será fijado periódicamente por la asamblea, que serán abonados al iniciar el juicio o primera actuación, conforme lo determine la reglamentación". "Además, los recursos que se establecen en la presente ley serán recursos del Colegio los bonos profesionales en concepto de patente", según diría el nuevo inciso del artículo 11, de dicha norma.

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