Proponen cambiar la tasa de interés judicial.
En las últimas horas ingresó por mesa de entrada de la Legislatura un proyecto que propone ajustar la tasa de interés judicial. Esta cifra es utilizada, por ejemplo, para calcular los montos a abonar en las sentencias por juicios laborales, y los honorarios de los abogados que participaron en alguna causa.
La doctrina utilizada por la Corte Suprema local indica que los jueces deben aplicar a las sumas en litigio la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina (en promedio, del 6,5%). "La pérdida de valor del dinero, reconocida inclusive por los propios índices que publica el Indec, hace necesario y urgente que la tasa de interés moratorio guarde relación con los parámetros inflacionarios: la tasa pasiva es un estímulo para que el deudor permanezca en mora, ya que no es retributiva y no recompone el capital de condena", protestaron los Colegios de Abogados de la capital y del sur en mayo del año pasado.
En el proyecto de ley presentado por los legisladores Marcelo Caponio, Sisto Terán Nougués y Carolina Vargas Aignasse -los tres abogados- se establece que, en todo proceso judicial, el capital reclamado se calculará de acuerdo a la tasa activa promedio del Banco Nación para operaciones de descuentos de documentos comerciales a 30 días. Además, se dispone que "la tasa real de interés moratorio siempre deberá ser positiva"; para ello, la Corte deberá elaborar dos tablas que servirán de parámetro: una para uso general, y la otra para deudas de carácter alimentario. También se indican las ecuaciones que deberán utilizar los jueces para realizar esas estimaciones. "Se prestó especial cuidado en proteger el poder adquisitivo de la remuneración del trabajador -muchas veces disminuido luego de varios años de juicio-, y que se le compense suficientemente la demora en el pago de su indemnización laboral", argumentaron los legisladores. No así, explicaron, en el caso de litigios con el Estado.
Subrogancias
El otro proyecto de ley que generará revuelo en los pasillos de los edificios judiciales trata sobre el mecanismo de designación de conjueces. La última modificación a la norma que regula este sistema -dispuesta en febrero- determina que, cuando un magistrado está imposibilitado de intervenir en alguna causa, su reemplazante surge de una lista predeterminada confeccionada por la Corte Suprema de Justicia. Esto generó duros cuestionamientos por parte de la oposición, pues se considera que el máximo tribunal tiene la posibilidad de señalar un sustituto de modo discrecional.
De hecho, la legisladora Silvia Elías de Pérez (UCR) presentó el proyecto para modificar la legislación. Su propuesta es que los jueces de la Corte Suprema de Justicia sean reemplazados por quienes integraron las ternas elaboradas por el CAM y no fueron seleccionados por el Poder Ejecutivo.



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