El Impuestazo a los sellos

Infoglaciar - Como la molificación al impuesto a los sellos de la inscripción automotor termino impactando en el bolsillo de la gente que compra autos usados.

En la sesión legislativa del martes pasado el Diputado Lorenzo del Bloque Radical hizo referencia a la aplicación de la Ley recientemente sancionada y cuya vigencia se determino a partir del pasado 16 de marzo señalando que la misma tiene una aplicación contraria al espíritu de los legisladores que la votaron.

Si bien el Bloque de Diputados de la UCR se opuso al proyecto, igualmente avaló las modificaciones que mejoraron la propuesta inicial del Poder Ejecutivo.

Lorenzo señaló que la aplicación demostró que esa ley iba en contra de la clase media de la Provincia, cuestión que en el debate de la ley los legisladores oficialistas negaron que así sea.

El Diputado Oscar García, responsable de fundamentar la iniciativa del Gobierno dijo al momento de su tratamiento que el nuevo tributo era el 10/1000 para la inscripción de los vehículos cero kilómetros determinándose también que la inscripción de vehículos adquiridos a agencias no radicadas en la Provincia tributarán el 30/1000, que eran en definitiva los únicos destinatarios de la decisión legislativa.

Sin embargo las dudas expuesta por el Bloque Radical en esa oportunidad terminaron siendo ciertas, sostuvo Lorenzo en la hora de preferencias, al señalar que mediante la comunicación 114/2010 se instruyó a los registros del automotor a cobrar al 30/1000 a las operaciones no habitualistas, en donde además de estar las agencias no radicadas en la Provincia, también están la totalidad de los particulares chubutenses que hacen las gestiones personalmente.

Lorenzo dijo que "todos los legisladores negaron que la ley fuera dirigida en perjuicio de los ciudadanos chubutenses, sin embargo queda claro que terminó siendo un impuestazo y hoy necesitamos modificar la ley aclarar que los particulares deben solo abonar el 10/1000 en la inscripción de la venta de usados.

Cuando planteó el legislador radical la problematica, señaló que las transferencias particulares son el 80% de las ventas de vehículos usados.

Con al modificación de la ley Ley XXIV Nº 51, cuyo proyecto fue sancionado el pasado 4 de febrero, la compra de unidades nuevas estará gravada con una alícuota del 1% y 3%.

Según el nuevo artículo 17, la alícuota del 1% alcanzará a:

Las transferencias e inscripciones iniciales de automotores cuando las concesionarias, agencias o intermediarios en la venta, radicados en la Provincia del Chubut. Para lo cuál también es requisito las empresas se encuentren inscriptas como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Fisco Provincial y/o Fiscos Municipales de esta Provincia e inscriptos en el Registro de Comerciantes Habitualistas de la DNRPA.

Inscripción inicial de automotores adquiridos mediante contratos de ahorro para fines determinados.

Transferencias de automotores como consecuencia de una subasta.

La alícuota del 3 % alcanzará a las transferencias e inscripciones iniciales de automotores cuando las concesionarias, agencias o intermediarios en la venta NO estén radicados en la Provincia del Chubut.

El impuesto se determinará en base al monto establecido en la factura de venta, emitida por empresas terminales o comerciantes habitualistas según categorías definidas por el Digesto de Normas Técnico Registrales de la DNRPA.

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