¡Qué me importa la interna!

Veamos los datos objetivos que se desprenden, hasta ahora, del análisis hecho por los concejales de la oposición a la documentación del Coprotur:
El Coprotur es un Consorcio, por lo tanto, como tal debe regirse por lo establecido en la ley 13.580 de “Consorcios de Gestión y Desarrollo entre Municipios” que obliga, entre otras cosas, a contar con un estatuto orgánico que regule su actividad. Se desprende de las actas presentadas y de los balbuceos de Sergio Paladino en el Concejo, que ese estatuto no está.

Según aquellas actas no existen los balances y memorias anuales que han solicitado reiteradamente los concejales.

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