Los concejales de Puerto Iguazú aprobaron la ordenanza general impositiva Nº 78/11 para este año, que es considerada el Código Fiscal Municipal de esta ciudad y que rige a partir de ayer.
La norma establece que los contribuyentes, abonarán los tributos por los conceptos y períodos indicados, en los procedimientos determinados por el Código Fiscal Municipal. Por otra parte, serán incrementados en un 40 por ciento, respecto del monto fijado para el ejercicio fiscal 2012, en el valor base, para las tasas fijadas para las empresas de viajes y turismo, agencias de turismo, según la ordenanza 04/07 y 05/08 la metodología del cálculo descripto determinara la tasa mínima para ese tributo. Por otra parte, en el marco del Código Fiscal se fijó también, un adicional especial de 10 por ciento que se calculará sobre la tasa de higiene y seguridad y todo tributo que incida en la actividad comercial, y esto estará destinado a subsidios y acciones sociales con entidades sin fines de lucro. Asimismo, se atribuyó al Ejecutivo municipal, la facultad de modificar el valor de la tasa general de inmueble de todas las categorías de bienes, para su atribución.
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