De acuerdo al régimen salarial determinado por el área de Salud, el personal a designar en el nosocomio capitalino será dividido en cinco categorías. Las mismas van de la H1 a la H5 y los mayores niveles de ingreso se asignarán a la primer categoría mencionada. A su vez, el régimen horario de trabajo será de hasta ocho diarias.
Así, la categoría H1 tendrá una asignación básica de 4.800 pesos, la H2 de 3.500 pesos, la H3 de 2.880 pesos, la H4 de 2.880 pesos y la H5 de 2.784 pesos.
Además de este sueldo básico, en el Hospital de la Madre y el Niño habrá un adicional quincenal no remunerativo de 1.000 pesos y que será destinado al personal escalafonario comprendido en el Estatuto de creación del hospital.
Asimismo, se establece que los adicionales no remunerativos estarán exentos de todo descuento a favor de terceros.
En el decreto 1409 se especifica además que esta retribución de los agentes de planta temporaria o permanente del Hospital está constituida por esta asignación básica más los adicionales, suplementos y bonificaciones que correspondan a su situación de revista y condiciones particulares.
Por otra parte, el Régimen de Retribuciones también especifica los sueldos básicos del personal jerárquico del Hospital.
Así, el Director Ejecutivo tendrá una asignación básica de 7.500 pesos mientras que el Director Adjunto Médico percibirá un básico de 6.500 pesos.
En tanto, el Director Adjunto de Administración también tendrá un básico de 6.500 pesos y los Coordinadores percibirán una asignación básica de 5.000 pesos.
Hay que destacar que el Régimen de Retribuciones establecido en el decreto 1409 no habla explícitamente de trabajadores profesionales o no profesionales. Es decir, no se discrimina entre médicos, enfermeros, personal administrativo o de servicios generales, por ejemplo. . En todo el texto del decreto sólo se hace referencia a “agentes de planta temporaria o permanente”. El decreto solo habla de “Grupos de Servicios” y los divide en Nivel A, Nivel B, Nivel C, Nivel D y Nivel E con sus correspondientes cinco categorías salariales mencionadas al principio de este artículo (H1 a H5).
Régimen horario
A su vez, el 7 de septiembre pasado el Ejecutivo Provincial firmó otro decreto, el Nº 1223 que es decreto de creación del Estatuto del nuevo hospital.
Allí se establece que la jornada de trabajo en el Hospital de la Madre y el Niño consistirá en un régimen de hasta 8 horas diarias. “Dicho régimen podrá ser organizado conforme las razones de servicio del Hospital mediante acto administrativo emitido por el Ministerio de Salud Pública a propuesta del Directorio del Hospital”, dice el decreto 1223.
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