Lo resolvió la Junta Electoral bonaerense. Los veedores podrán recolectar datos, elaborar informes y brindar recomendaciones sobre distintos aspectos de las elecciones.
En la nueva normativa se establece que el observador electoral deberá actuar con imparcialidad, sin obstaculizar ni interferir en el desarrollo del proceso. También se consigna que el tratamiento de la información recopilada, su análisis y evaluación deberá ser “objetiva y precisa”.
Por último, la Junta Electoral dispuso que los informes definitivos sean publicados en el sitio web del organismo “para que puedan ser consultados libremente”.
La iniciativa está inspirada en los estándares más modernos en la materia entre los que se destaca la “Declaración de Principios para la observación internacional de elecciones”, suscripta en el año 2005 por Naciones Unidas, la Secretaría del Commonwealth, la Comisión Europea, la Organización de Estados Americanos y el Centro Carter, entre otros reconocidos organismos gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales.
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