La Dirección de Rentas anunció una reevaluación en tributos comunales con sustento legal en las facultades que fueron otorgadas por el Concejo Deliberante en el marco de la Asamblea de Mayores Contribuyentes. Las modificaciones regirán para el impuesto Conservación y Limpieza y Alumbrado Público. Empezó la primera etapa de la moratoria.
Puede haber más
En diálogo con el Diario, el contador Carlos Ayestarán, director de Rentas, anunció que, por el momento, las tasas que recibirán ajustes serán las de Conservación y Limpieza y Alumbrado Público.
“Los contribuyentes recibirán en los próximos días la boleta que regirá para el vencimiento de la tercera cuota aunque también enviaremos la cuarta factura, que operará en agosto, en la que advertirán el aumento establecido por el Municipio.
No obstante cabe indicar que es factible que se produzcan subas en otros impuestos pero siempre con un porcentaje no mayor al 5 por ciento”, anticipó el funcionario.
Moratoria
El miércoles se puso oficialmente en marcha la primera etapa del plan de regularización de deudas para las tasas, derechos, contribución de mejoras y/o resultantes de convenios celebrados con anterioridad, vigentes o caducos o en condiciones de ser caducados, con descuento total de multa por omisión teniendo en cuenta los descuentos parciales para los recargos moratorios según diversas modalidades u opciones en gestión judicial. “Si bien es prematuro hablar de balances, fue importante el número de contribuyentes que se acercó para operar con la moratoria municipal”, resaltó Ayestarán durante la entrevista. “El 30 de junio vencerá la primera fase del plan de facilidades de pago, la que tiene más ventajas; a su vez hemos cursado durante estos días los reclamos de deudas por diferentes tasas”, comentó.
Ayestarán explicó que el principal beneficio lo recibirán quienes cancelen en forma total su deuda en pago contado. Se trata de una bonificación del 40 por ciento de descuento en intereses; no obstante ese valor puede ser confirmado en un plan de pago con cheques diferidos, tantos valores como meses resten para terminar el año.
“Lo bueno del plan son las distintas opciones ya que no sólo se puede pagar contado sino que se dan opciones de 10, 24 y 60 cuotas; asimismo hemos agregado una reprogramación de los planes de pago celebrados con anterioridad y que por algún motivo se dejaron de pagar algunas cuotas por lo que les damos la posibilidad de regularizar esta situación”, remarcó el responsable de Rentas. “Las deudas del impuesto Automotor Municipalizado pueden ingresar en el plan de organización –agregó el contador-; la ordenanza prevé un plan automático que seguro desarrollaremos desde agosto”.
Bocas de Pago
Los interesados en esta moratoria deberán acercarse a las oficinas de la Dirección de Rentas, ubicadas en Florida 831, de lunes a viernes de 7:15 a 13:15; la moratoria también abarca las deudas en gestión judicial y para tal fin la atención se brinda en la oficina de Asesoría Letrada que funciona en el cuarto piso del Edificio del Correo, Echevarría 707, aunque en esta instancia el descuento en todos los casos es 20 puntos menos que las deudas sin gestión judicial. La regularización de las tasas de Derechos de Cementerio debe realizarse en la administración de la necrópolis.
Opciones
“En los casos en que los contribuyentes accedan a opciones en las que afiancen las obligaciones con la entrega de cheques de pago, los mismos serán recibidos por la Tesorería Municipal emitiendo esta un recibo provisorio de cheques diferidos”, indicó el funcionario. “En todas las opciones o modalidades, la deuda en gestión judicial podrá ser regularizada independientemente de la deuda común que se registre, siendo facultad de la Asesoría Letrada aceptar o denegar la elección del contribuyente por una opción o modalidad, y además en este caso la aplicación de descuentos en los recargos moratorios para las opciones de regularización a la que acceda será inferior en 20 puntos a los descuentos originales del programa. Además en estos casos podrán realizarse liquidaciones por título ejecutivo o demanda”, resaltó Ayestarán.
Los planes estarán en condiciones de ser caducados cuando se registre un atraso de tres cuotas consecutivas o cinco cuotas alternadas; los pagos efectuados hasta la caducidad, en ese caso, se imputarán a las obligaciones más antiguas deducidas de la deuda actualizada a la fecha de la caducidad.
También existe la posibilidad de que los contribuyentes con convenios de pagos celebrados con anterioridad a la vigencia del actual puedan optar por condiciones más ventajosas de la nueva moratoria, tomándose los pagos efectuados en la forma descripta en el párrafo anterior. “Asimismo el Ejecutivo tendrá la facultad de prorrogar la fecha establecida como fin de la etapa 1 (30 de junio de 2012) con los corrimientos de fechas necesarios y concordantes, y además podrá prorrogar por el primer trimestre del ejercicio 2013 las condiciones de pago que se establecen para diciembre de 2012”, concluyó el titular de Rentas.
Comentá la nota