El subsecretario de Ingresos Públicos se refirió a la reforma tributaria aprobada por el Concejo Deliberante la semana pasada y dijo que apunta a los que tienen mayores ingresos. “Se trata de una modificación bastante puntual que recae en un 8% de los contribuyentes”, agregó. Además, subrayó que los demás contribuyentes no tendrán ninguna modificación.
A propósito de la reforma tributaria, desde el lado de la oposición se está hablando de que lo que se aprobó en el Concejo Deliberante el pasado 11 de julio es un impuestazo y ustedes insisten en que esto tiene que ver con un esquema más justo y progresivo de recaudación. ¿Cómo es la situación?
Se ha tratado de lograr, analizando la situación de San Martín, que los contribuyentes que tienen la mayor capacidad contributiva y mayores niveles de ingresos, participen más en lo que tiene que ver con la recaudación de las tasas municipales que los contribuyentes de menores ingresos. Realmente no tiene mucho fundamento hablar de un impuestazo. Se trata de una modificación bastante puntual que recae en un 8% de los contribuyentes. Es importante que esto se tenga en claro, porque se hacen comentarios muy generales que en realidad no tienen ningún fundamento. Este 8% son los que mayor ingresos tienen en el municipio. Estamos hablando de empresas que tienen ingresos superiores a los 80 millones de pesos por año. El resto de los contribuyentes no va a tener ningún tipo de modificación.
De ninguna manera entonces se puede decir que esto desalienta la inversión de la mediana y pequeña empresa…
Para nada, porque independientemente de esto el municipio tiene previsto un régimen de promoción industrial para todo lo que tiene que ver con la instalación de nuevas empresas o ampliación de capacidad productiva y está trabajando en línea con esto, con varios proyectos que tienen que ver con inversión en materia tecnológica.
¿Cómo va marchando esta campaña de recaudación respecto a los planes de pago y descuentos para la gente que debía sus tasas?
Este es un dato que la gente no debe dejar de conocer, porque lo que se heredó de la gestión anterior respecto al nivel del cumplimiento del municipio era muy bajo. Cuando nosotros hicimos un análisis de la situación impositiva del municipio nos pareció muy importante tratar de establecer un plan de pago para que aquellos contribuyentes que tenían la voluntad de regularizar su situación voluntariamente pudieran hacerlo y darles las mayores posibilidades del caso. Hemos recibido desde la vigencia del plan, hace 40 días, más regularizaciones que todo el año anterior. Esto es un dato muy importante.
Esto está vigente hasta el 31 de julio.
El mayor nivel de descuentos y beneficios es hasta el 31 de julio, luego hay una segunda etapa donde los beneficios se reducen a la mitad
A continuación difundimos la gacetilla oficial de la Municipalidad de San Martín difundida esta semana:
¿Por qué la reforma?
Esta modificación enfocada en las tasas TISeH (Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene) y ALSMI (Tasa de Alumbrado Limpieza y Servicios Municipales Indirectos) –por representar, conjuntamente, el 85 por ciento de los recursos propios del Municipio- se hizo necesaria a partir de observar que, entre los años 2001 y 2011, prevaleció un esquema regresivo: los cambios que afectaron las alícuotas fiscales impactaron, fundamentalmente, en los contribuyentes de menor capacidad económica, es decir, a los titulares de inmuebles de menor valor, en el caso de ALSMI, y a los contribuyentes de menores ingresos, en el de la TISeH.
En ese período, en el caso de la tasa ALSMI, las modificaciones se limitaron a incrementar los importes mínimos, es decir, los que pagan los inmuebles de menor valuación, de los cuales el 77 por ciento corresponde a vivienda; y no cambiaron las alícuotas aplicables a los inmuebles de mayor valuación fiscal. Por otro lado, en lo que respecta a las tasas comerciales, los mayores incrementos los sufrieron los pequeños contribuyentes. Así, en los años 2010 y 2011 las categorías más bajas de la “Monotasa” -que es un régimen simplificado de tasas comerciales para pequeños contribuyentes- sufrieron incrementos de entre el 133 y el 250 por ciento.
Cambios introducidos en la TISeH
Actualmente, son 23.811 los contribuyentes que abonan la TISeH, de los cuales sólo el 8 por ciento -es decir, 1.874- se verán afectados por la reforma tributaria.
De esta manera, los 21.937 contribuyentes restantes, que representan el 92 por ciento del total, no sufrirán incrementos.
De los 1.874 casos en los que se aplicará la reforma, 1.361 corresponden a empresas con ingresos anuales de entre $1.800.000 y $14.000.000, y 442 a empresas con una recaudación anual de entre $10.300.000 y $111.900.000. La TISeH en estos dos casos se incrementará entre un 40 y un 60 por ciento.
Los 71 contribuyentes son grandes empresas con haberes que superan, como mínimo, los $ 82.200.000 anuales. En este caso la TISeH aumentará entre un 60 y un 140 por ciento, hasta equilibrar los niveles de alícuotas vigentes en otros municipios de la provincia.
Para modificar las alícuotas se tuvieron en cuenta dos parámetros: la clasificación de los contribuyentes en función del sector de actividad al que pertenecen -agropecuario, comercio, servicios, industria y minería, y construcción- y según los niveles de ingresos obtenidos el año pasado.
Cambios introducidos en la ALSMI
La reforma no aplicará ningún incremento a los contribuyentes titulares de los inmuebles destinados a vivienda con el nivel más bajo de servicios.
Para determinar la alícuota y los mínimos se tuvieron en cuenta dos variables: la categoría de los inmuebles -vivienda; comercio, industria y servicios; baldíos; entre otras- y el nivel de servicio del que gozan -pavimento, agua y/o cloaca; pavimento, sin agua y/o cloaca; sin pavimento-, incrementando el ALSMI entre un 10 y un 25 por ciento.
En el caso puntual de los inmuebles destinados a vivienda, el incremento promedio asciende a $11, y en el caso específico de los inmuebles de menor valuación fiscal, que representan el 70 por ciento, dicho promedio se traduce en $7,52.
A su vez, en el caso de los inmuebles destinados a vivienda de mayor valuación fiscal, que representan un 3,7 por ciento, la reforma implica un incremento de $50.
Por otra parte, se realizó la transformación de Tasas Asociadas de Montos Fijos a Esquemas de Alícuotas, ya que cuatro de las cinco tasas municipales que se encuentran asociadas a la Tasa ALSMI correspondían a importes fijos por inmueble que oscilaban entre los $2,5 y $3,5 independientemente de la valuación fiscal o característica de los inmuebles, de manera que pagaba exactamente lo mismo un inmueble industrial o comercial con una valuación de $40 millones que un inmueble destinado a vivienda de baja valuación.
Para corregir esta situación, claramente regresiva, se modificó el esquema de montos fijos por un esquema de alícuotas complementarias de Tasa ALSMI, lo cual permite reflejar de manera más adecuada la capacidad contributiva de los contribuyentes.
Ampliación del régimen de exenciones para los que más lo necesitan
Con el objetivo de incrementar el número de beneficiarios, se revisó el esquema de exenciones. En lo que respecta a jubilados, se extendieron los privilegios a todos los que perciben hasta dos haberes mínimos –anteriormente el tope era un único haber mínimo-. También podrán disponer de este beneficio los que tengan obligaciones pendientes de períodos anteriores.
Por otro lado, se incluyeron dos nuevos casos de exención: los ex combatientes de Malvinas y sus viudas, y las personas que presenten niveles de incapacidad permanente mayores al 50 por ciento.
Plan de facilidades de pago para contribuyentes
El Municipio de San Martín puso en vigencia un plan de regularización de pagos, con el objetivo de que los contribuyentes puedan normalizar su situación tributaria.
El “Plan de Oportunidad Tributaria” consta de dos etapas. Durante la primera, que dura hasta el 31 de julio de 2012, se otorgará una reducción del 100 por ciento en el pago de las multas, intereses y recargos de la tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Municipales Indirectos de los inmuebles destinados a viviendas, y un descuento del 50 por ciento, de los inmuebles afectados a actividades comerciales, industriales, de servicios y depósitos. También se otorgará una reducción del 50 por ciento en el pago de las multas, intereses y recargos correspondientes a la Tasas por Inspección de Seguridad e Higiene, Monotasa, Derechos de Publicidad y Propaganda, Derechos de Ocupación de Espacio Público y demás tributos municipales. En el segundo período, que comienza el 1° de agosto, las deducciones se reducirán a la mitad en todos los casos, esto decir, pasarán del 100 por ciento al 50 por ciento, en el primero de los casos, y del 50 por ciento al 25 por ciento en el segundo.
El pago se podrá efectuar al contado o en cuotas. En el primer caso, comprenderá el importe de la deuda, deducidos los recargos, multas e intereses, según corresponda. En caso de que la deuda se salde en cuotas, deberá darse un anticipo del 10 por ciento y pagar un interés del 1 por ciento mensual, hasta 24 cuotas, o del 1,5, hasta 48.
En cuanto a las deudas que se encontraran en etapa de ejecución fiscal, deberán acreditarse previamente el pago de los honorarios y gastos causídicos –los costos impuestos a quienes intervienen en el proceso.
Los contribuyentes interesados en regularizar su situación respecto de la tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Municipales Indirectos, que sean titulares del inmueble, deberán presentar original y fotocopia del documento de identidad, u original y fotocopia del contrato social y del acta de designación del representante legal, en caso de ser una sociedad. Si el trámite lo realizara un autorizado, deberá contar, además, con el original y fotocopia de su documento y una autorización firmada por el titular, donde conste nombre, apellido y Nº de documento de la persona que firmará el convenio de pago.
Para regularizar su situación, y ante cualquier consulta adicional, los contribuyentes deberán acercarse a la sede de la Subsecretaría de Ingresos Municipales (Belgrano 3747, piso 1º, San Martín), de 08.15 a 14.45. Tel.: 0800 – 444-1123. Email: Tasasmunicipales@sanmartin.gov.ar
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