La Intersindical Docente integrada por los gremios reconocidos por el gobierno provincial -Udpm, UDA, Sadop, Amet, Sidepp y Adunam- elevará un proyecto de ley para modificar el artículo 59 de la Ley XIX Nº 2, que estipula los porcentajes jubilatorios.
(Posadas) La Intersindical Docente integrada por los gremios mencionados presentará un proyecto de modificación de los porcentajes jubilatorios. El proyecto prevé la ampliación del haber de las Prestaciones y de los porcentajes de jubilación ordinaria, jubilación por invalidez, edad avanzada, minusvalía y las pensiones. Los sindicatos docentes que presentarán este proyecto son los que se han mostrado menos conflictivos en su relación con el gobierno provincial, y lógicamente, son los reconocidos oficialmente. Solicitarán la recuperación del 82% móvil y se reunirían con el titular del Consejo General de Educación, Adolfo Safrán, para sustentar el pedido
En los fundamentos del proyecto, de acuerdo con el sitio misioneslider, se detallan los siguientes puntos:
“En la anterior Ley 568 y modificatorias que regía para la Administración Pública y Ley 174, que regía para la docencia, el haber jubilatorio era del 82 %. Para los primeros se consideraba el promedio de los últimos 3 años y para los docentes, se tomaban los 2 años mejores de los últimos 10.”
“Fue muy violento el cambio en el año 1996 cuando se bajan los porcentajes al 75 %, del haber promedio de los últimos 10 años. Esto hizo que el jubilado a partir de esa modificatoria, que abarca la totalidad de la Administración Pública, viera disminuidos sus ingresos con relación a la Ley anterior en casi un 30%.”
“Más dura fue la modificación del haber de las jubilaciones por invalidez, minusvalía, edad avanzada que se las bajó llevó al 50%, del promedio de los últimos 10 años, desconociendo de alguna manera los derechos de protección de la familia que garantiza nuestra Constitución Provincial.”
“Específicamente en el caso de la pensión derivada del fallecimiento del agente en actividad, que reducía dicho ingreso al 50% del haber promedio, derivó en un sin número de reclamos y finalmente gracias a un fallo favorable del Superior Tribunal de Justicia, concluye en la enmienda de la injusta situación mediante la Ley 4268.”
“Respecto de la recuperación del 82% en el caso de la jubilación docente, no es otra cosa que lo que se busca es ponernos a la par de 11 provincias. Los docentes de los estados provinciales que pasaron a depender de la Anses, en cuyo organismo en virtud de la Ley 24.016 y Decreto Nacional 137/05 reciben el citado porcentaje tomado del promedio de los 12 últimos meses de actividad. También la jubilación por invalidez se halla en el mismo porcentaje, es decir, el 82%.”
“Existen otras provincias con Cajas propias, cuyas jubilaciones se hallan todas por encima del 75%. Así mismo, hay que remarcar que el estado nacional abona por la Anses, el 75% como porcentaje de la pensión, mientras en nuestra provincia se otorga el 70% del haber promedio de una jubilación, por lo que también proponemos el cambio de ese porcentaje, otorgando los mismos derechos a los causa-habientes del sector docente de esta jurisdicción dependientes del Instituto de Previsión Social”, afirman desde la Intersindical Docente.
Cabe resaltar que los argumentos esgrimidos ponen de manifiesto la continuidad de las políticas previsionales en la provincia, en los últimos 16 años. Contrariamente a lo que suele plantear el gobierno renovador, en las políticas previsionales, no sólo hubo continuidad sino profundización en el avance sobre los derechos de los jubilados.

Comentá la nota