El gobierno insiste en la obligatoriedad de blanquear el trabajo del personal doméstico

El Ministerio de Trabajo reforzó en el Chaco y en todo el país su campaña para registrar a las o los trabajadores de casa de familia que brindan servicio doméstico, con facilidades y en sencillo trámite.
El director Regional del Nea, Marcelo Servelló explicó a NORTE que es una tarea que se está llevando a cabo a través del Ministerio de Trabajo de la Nación, por intermedio de la delegación regional Chaco.

El funcionario comentó que la campaña se refiere a “la obligatoriedad que tienen los dadores de trabajo de registrar al personal de servicios de casa de familia”, dijo.

Seguidamente, aclaró: “Hay que hacer una pequeña diferencia sobre por qué se dice dador y no empleador, y es a raíz de que los primeros no están comprendidos dentro del régimen general”.

Servelló explicó que “la obligatoriedad que tienen los dadores de trabajo para el personal de casa de familia se da cuando toman servicio de seis horas -por lo menos- semanales. A partir de allí ese dador de trabajo tiene la obligación de registrar a esa persona”.

Cómo se hace

Al ser consultado la modalidad de registración, el funcionario señaló que es “simple, fácil y rápida. No hace falta inscribirse como tal en la AFIP, no hace falta dar el alta temprana ni hace falta dar la baja. Simplemente se llena un formulario que se puede retirar de la página web de la AFIP o de la delegación del Ministerio de Trabajo”.

Agregó que luego se “completan las planillas con los datos pertinentes, esto sirve como recibo de sueldo y se pagan los aportes y contribuciones en función de la cantidad horas que preste servicio el trabajador o trabajadora de casa de familia”.

Al respecto, el director regional del NEA se refirió a las cotizaciones a pagar según las horas trabajadas. “Desde el monto menor de 6 a 12 horas, el total de aportes y contribuciones es de 20 pesos a pagar; de 12 a menos de 16, es de 39 pesos y más de 16 horas semanales de 95 pesos”.

“Podemos sintetizar que por 95 pesos entre aportes y contribuciones se tiene al trabajador de casa de familia como la legislación lo exige. Además, aquellos dadores de trabajo que estén alcanzados por el pago de impuesto a las Ganancias en su declaración anual deben deducir de las remuneraciones pagadas y de las contribuciones hechas por un monto de hasta de 12.960 pesos”, manifestó.

Un derecho

El funcionario resaltó que, por otro lado, “con la registración estamos dando el derecho a todo trabajador de poder acceder a una cobertura de salud y poder contar el día de mañana con una jubilación”.

Se considera trabajadores domésticos a quienes realizan las actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, damas de compañía, mayordomos, institutrices, gobernantas y nurses. Este régimen especial es de aplicación obligatoria siempre que trabajen un mínimo de seis horas semanales para la misma persona.

A su turno, el delegado de la regional Resistencia, Alcides Godano, señaló que “esto cambia la relación laboral cuando uno registra a su trabajador, porque lo dignifica, le da la posibilidad de tener un recibo para ir comprar un electrodoméstico y tiene un documento con el que puede elegir una mutual”.

“Realmente mejora la relación laboral y la inversión es muy baja porque 60 pesos aportan el trabajador y 35 pesos el empleador”, agregó Godano.

Más informes se pueden obtener en www.trabajo.gob.ar o con el teléfono 0800-666-4100.

Comentá la nota