En el marco de una deficiente investigación por parte de la fiscal Ivana Hernández, a quien se le cayeron pruebas en los momentos clave, fueron condenados por el Juez Alonso, Rodrigo Bringas (3 años de efectivo cumplimiento) y Cristian Ríos (1 año y 6 meses), mientras que fue absuelto Luciano Cabañas. Los abogados defensores pidieron la excarcelación.
General Pico (Agencia) – Ayer por la mañana se conoció la sentencia que el Juez Alfredo Alonso les aplicó a los jóvenes Rodrigo Bringas, Luciano Cabañas y Cristian Ríos, acusados de cometer al menos cinco hechos a finales del 2011. Bringas fue condenado a tres años de prisión, Ríos a un año y seis meses, mientras que Cabañas fue absuelto. Al concluir la lectura de la sentencia, los defensores de los condenados solicitaron la excarcelación.
Después de dos semanas de audiencias en el caso que investigó la fiscal Ivana Hernández contra Cristian Ríos, Luciano Cabañas y Rodrigo Bringas, acusados de participar en cinco hechos delictivos entre noviembre y diciembre de 2011, el Juez de Audiencia Alfredo Alonso resolvió condenar a dos de los tres imputados y absolver, como lo pidió la fiscalía, a uno de ellos.
Los adolescentes de entre 20 y 22 años, con frondosos antecedentes policiales, permanecen detenidos desde hace aproximadamente ocho meses y afrontaron el juicio en esa condición.
La fiscal acusó a Cristian Ríos por haber participado de un robo que sufrió la ciudadana Silvia Salto en su vivienda, de donde se llevaron un televisor LCD de 32 pulgadas. Además por otro hecho, que se produjo la misma noche que el anterior y donde el vecino Camilo Masman sofrió el robo de su automóvil, un Renault Megane.
En ese marco, una persona dio aviso a la policía que en el barrio El Molino un automóvil de similares características había chocado contra un árbol. Cuando los uniformados llegan al lugar reconocieron a Ríos y comenzaron a perseguirlo, atrapándolo cuando pretendía ingresar a su vivienda, previo forcejeo con un uniformado.
Cuando los investigadores revisan el auto, en el interior del baúl descubren el televisor que había sido robado de la casa de Salto.
Otro de los hechos se produjo en el barrio éste donde los jóvenes ingresaron a una vivienda y se llevaron un arma, un LCD y un equipo de música.
El último de los hechos, el más grave, que relató la fiscal involucró a un remisero, a quien los imputados abordaron en el barrio El Molino y le pidieron que los lleve a una dirección, indicándole un recorrido. En medio del camino, el remisero, de apellido Cisterna fue amenazado y golpeado con un arma de fuego por uno de los ocupantes mientras que otro le solicitaba el dinero.
A raíz de este ultimo hecho fue que se solicitó el testimonio de la víctima, quien aseguró que conocía a los imputados del barrio, pero “los benefició” con su declaración ya que en ningún momento aseguró que eran ellos los pasajeros que lo asaltaron, como así también dijo que “fue un error del momento” cuando le consultaron respecto a una rueda de reconocimiento en la que identificó a Bringas.
A todo esto se le sumó la pésima investigación de la fiscal, a quien se le cayó la prueba de una rueda de reconocimiento de voces en la cual Cisterna había señalado a Ríos, porque la Oficina Judicial perdió o no encontró el audio. Además no logró demostrar la utilización de un arma de fuego.
Igualmente, el Juez de Audiencia Alfredo Alonso resolvió condenar a Rodrigo Bringas a tres años de prisión de efectivo cumplimiento por el delio de “robo agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pudo comprobarse”, y un año y seis meses para Cristian Ríos. Luciano Cabañas fue absuelto del delito de “encubrimiento” por el cual era juzgado.
Al concluir la audiencia, los Defensores Oficiales Alejandro Caram y Guillermo Costantino, solicitaron la excarcelación de los imputados, argumentando que permanecieron más de ocho meses privados de su libertad bajo la figura de Prisión Preventiva, meses que serán computados, y que cumplieron los dos tercios de la pena, por lo que pueden acceder al beneficio de la excarcelación, que luego se transformará en libertad condicional. El Juez de Ejecución Penal será quien resuelva la solicitud de los defensores.
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